Lo hizo en la Unicameral el ministro de Salud, Francisco Fortuna. Dijo que se aplicará en seis meses. Regula el derecho de pacientes terminales a negarse a tratamientos innecesarios.
El ministro de Salud de la Provincia de Córdoba, Francisco Fortuna, presentó este miércoles la reglamentación de la Ley de Declaración de Voluntad Anticipada, más conocida como “muerte digna”, que había sido sancionada por en mayo de 2012.
La norma, la 10.058, regula y garantiza el derecho de los pacientes en estado terminal a negarse a recibir tratamientos innecesarios para prolongar su vida, denominados de “encarnizamiento terapéutico”.
Fortuna explicó que llevó a la Legislatura la aprobación del Poder Ejecutivo del proyecto elaborado por una comisión consultiva, presidida por el ex integrante del Tribunal Superior de Justicia, Armando Andruet, e integrada por reconocidos especialistas en el tema.
En ese marco, el funcionario provincial detalló que la finalidad de la reglamentación es “hacer factible la aplicación de la ley”, lo cual comenzará a suceder dentro de seis meses.
La demora obedece a que, en ese tiempo, se trabajará en la creación de un registro para expresar por escrito la voluntad anticipada, en la conformación de una comisión especial no vinculante para consultas en casos de controversias y en la elaboración de una campaña de difusión.
Por último, Fortuna remarcó que la legislación cordobesa tiene una diferencia importante con respecto a la nacional, porque “expresamente deja afuera la suspensión de la hidratación, nutrición y oxigenación de pacientes en estado terminal”.
Fuente: Cadena 3
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