El Gobierno nacional promulgó la ley 27.399 de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana largos, votada el mes pasado por el Congreso, que habilita al Poder Ejecutivo a establecer tres feriados puente al año.
La medida, que repone la herramienta que había sido eliminada mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) a comienzos de este año y faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a proponer hasta tres feriados puente anuales, fue dispuesta a través del decreto 831/2017, publicado este martes en el Boletín Oficial junto al texto de la ley 27.399.
La norma ahora promulgada fija como feriados inamovibles de 2018:
1° de enero (Año Nuevo); lunes y martes de Carnaval; 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); Viernes Santo; 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas); 1° de mayo (Día del Trabajo); 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo); 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano); 9 de julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y 25 de diciembre (Navidad).
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