La medida rige para todo el país, y establece que los niños de esa edad que viajen como pasajeros, deberán hacerlo sí o sí mediante la utilización de este elemento de seguridad, adaptado en el asiento trasero del vehículo.
Mediante un decreto, publicado el pasado 11 de enero en el Boletín Oficial, se reglamentaron varios artículos de la Ley de Tránsito, cuyas normas son de alcance nacional, pese a que en algunos distritos -como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- existen especificaciones diferentes.
En ese sentido, esta medida modificó el artículo 40 de la Ley vigente, al incorporar a la misma como requisito obligatorio para circular, que todo aquel menor de 10 años deba viajar «sujeto al asiento trasero», mediante el «Sistema de Retención Infantil homologado», el cual debe tener relación en cuanto al peso y tamaño del infante.
Asimismo, se estableció en el mismo artículo que los ciclomotores «no pueden llevar carga ni pasajeros con un peso superior a 40 kilogramos, además de consignar que «los pasajeros deberán utilizar siempre casco reglamentario».
Sistema de Retención Infantil (SRI)
Es el nombre técnico con el que se conoce a las normalmente llamadas sillitas de seguridad para niños.
Desde enero de 2016, los anclajes fijos (Latch o Isofix) para sillas infantiles son obligatorios para todos los nuevos modelos de autos lanzados a la venta en la Argentina. El resto de los modelos están autorizados a utilizar como método de fijación el cinturón de seguridad.
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