El gobierno Nacional publicó hoy en el Boletín Oficial el Decreto que establece que se indemnizará a los damnificados por las explosiones ocurridas en la fábrica militar de Río Tercero en noviembre de 1995.
El Decreto es el 309/2018 e incluye la reglamentación de la Ley N° 27.179.
En los considerandos, el texto explica que las medidas reparatorias otorgadas anteriormente “resultaron insuficientes a fin de brindar una adecuada respuesta institucional e integral a todos los damnificados por tan dolorosos acontecimientos”.
judiciales que tuvieron su causa en los trágicos hechos” y advierte que “resulta preciso definir con exactitud el universo de sujetos que cuentan con legitimación activa para acceder a los montos indemnizatorios”.
“Es necesario identificar a todos aquellos que, al momento de entrada en vigencia de la Ley, se encontraran reclamando judicialmente daños y perjuicios ocasionados por los acontecimientos de los días 3 y 24 de noviembre de 1995 en la Fábrica Militar Río Tercero”, agrega el Decreto.
Además, se establece que las condiciones necesarias de la legitimación activa son haber interpuesto demanda judicial, que la misma se encuentre vigente y no haber obtenido un resarcimiento o haber obtenido uno cuantitativamente menor al dispuesto por la Ley N° 27.179”.
Para llevar a cabo lo dispuesto, se dispuso que la autoridad de aplicación de la norma es el Ministerio de Defensa.
Alrededor de diez mil personas aguardan respuestas por «daño moral o psicológico» surgidos de la voladura.
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