Los exámenes de los forenses dieron positivo y el caso fue calificado como abuso sexual por acceso carnal. Sin embargo, la defensora afirmó que fue algo consentido, ya que la víctima era de contextura física grande, lo cual impedía que su cliente la agrediera.
El ataque ocurrió en el año 2016 en Puerto Madryn. La víctima manifestó que su ex pareja y padre de su hijo ingresó a su domicilio, mantuvieron una discusión y luego el hombre la obligó a mantener relaciones sexuales. Ella manifestó que fue llevada por la fuerza y que él le rompió la calza que tenía puesta.
Un tribunal de la provincia de Chubut generó polémicas por un fallo sobre el hecho ocurrido. Se descartó la veracidad del ataque y dictaron absolución del acusado porque observaron que la víctima “era obesa”. La resolución fue dictada por tres juezas, Patricia Reyes, Marcela Pérez y Patricia Asaro.
En los exámenes forenses se confirmó la violación y el caso fue calificado como «abuso sexual con acceso carnal» por parte de la Fiscalía. Durante el litigio, la defensora pública (Leyba) afirmó que fue una relación sexual consentida y que no existía delito.
«No es a los fines hacer una acción discriminatoria ni es mi ánimo ofender la intimidad de la señora. Tenemos que trabajar sobre hechos reales y no con sentimentalismos. Lo que voy a decir la señora fiscal lo puede acreditar: estamos analizando un hecho de abuso sexual de una mujer obesa», dijo la abogada Leyba.
Luego agregó: «Eso no es ofensivo ni creo que la fiscal se pueda sentir agraviada si se lo digo a la víctima. Dice que el señor le sacó la calza y yo me pregunto si a una persona obesa puede un hombre que pesa 75 kilos forzarla a sacarle una calza. La calza es una prenda de vestir que no es de fácil acceso para colocarla o sacarla».
El tribunal entendió que no se pudo confirmar el abuso sexual sin desconocer la declaración de la víctima. Las juezas sostuvieron que el principal descrédito «es la declaración de la propia víctima» y «la duda no ha podido ser despejada, pues no solo el medio comisivo no ha sido superado sino que tampoco se ha corroborado el dolo del autor. Es en esta etapa que se requiere absoluta certeza que no hemos podido arribar», indicaron.
A pesar del fallo y en el marco de dichas argumentaciones por parte de la defensa, la fiscal adelantó que apelará la resolución del tribunal.
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