Tras conocerse que River incluyó al mediocampista Bruno Zuculini en el partido en el que enfrentó a Racing cuando debía haber cumplido una vieja sanción de 2013, Conmebol decidió no actuar de oficio porque el conjunto de Avellaneda no hizo a término el reclamo.
En un comunicado, el organismo admite que el jugador estuvo mal incluido en el encuentro por la Libertadores «por un error administrativo» ya que se «omitió incluirlo como suspendido por dos partidos».
El comunicado completo:
En fecha 23 de agosto de 2018, la Unidad Disciplinaria, ha corroborado que el jugador Bruno Zuculini, actualmente prestando sus servicios al Club Atlético River Plate, mantiene vigente una suspensión por 2 (dos) partidos.
Por tanto, la misma deberá cumplirse en los siguientes partidos a disputarse en la presente edición de la Competición, o en su defecto se extenderá a la siguiente competición de la misma categoría conforme al Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.
Asimismo, en fecha 12 de febrero del corriente año, en respuesta a una consulta del Club Atlético River Plate, por un error administrativo, se omitió incluir al citado jugador como suspendido por 2 (dos) partidos.
Conforme a los informes de partidos remitidos por la Dirección de Competiciones de la CONMEBOL, hemos confirmado que el citado jugador ha disputado los siguientes partidos:
– 28 de febrero de 2018 – Flamengo vs. River Plate
– 05 de abril de 2018 – River Plate vs. Independiente Santa Fe
– 19 de abril de 2018 – Emelec vs. River Plate
– 26 de abril de 2018 – River Plate vs. Emelec
– 3 de mayo de 2018 – Independiente de Santa Fe vs. River Plate
– 23 de mayo de 2018 – River Plate vs. Flamengo
– 9 de agosto de 2018 – Racing vs. River Plate
Atendiendo a lo dispuesto en el Artículo 19.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, en los casos de alineación indebida de un jugador, ésta se aplicará únicamente si el equipo contrario interpone una reclamación oficial en el plazo de veinticuatro (24) horas de vez finalizado el encuentro. En ese sentido, ningún club que ha disputado los partidos citados precedentemente ha ejercido ese derecho quedando confirmados los resultados de los citados partidos.
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