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Tribunal Superior de Justicia de Córdoba

La Justicia habilitó el aborto no punible en Córdoba

por Redaccion
19 diciembre, 2018
en Provinciales

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba habilitó el protocolo de procedimientos para la práctica del aborto no punible. El fallo quedó definido al rechazar este martes, luego de seis años, un recurso de amparo que impidió su aplicación en la provincia desde 2012, cuando había sido presentado por la asociación católica Portal de Belén, que preside el legislador cordobés Aurelio García Elorrio.

El máximo tribunal judicial de la provincia, en fallo dividido, desestimó el recurso de amparo en contra de la Resolución 93/12 del Ministerio de Salud local que había fijado un procedimiento o guía para las mujeres que demandaran la interrupción de la gestación por haber sido víctimas de un abuso sexual o cuando su salud o vida peligraran.

La sentencia judicial destacó que a partir del rechazo de la acción de amparo, esa resolución que habilita la práctica del aborto no punible en Córdoba «conserva su plena validez». El voto mayoritario de los magistrados entendió que Portal de Belén, en su presentación, «sólo había planteado una mera discrepancia subjetiva con el permiso excepcional de abortar sin consecuencias punitivas que el Código Penal le concede a la mujer particularmente cuando es víctima de una violación».

Los jueces consideraron, además, que «no había un caso judicial en propiedad que le permitiera examinar la constitucionalidad» del protocolo oficial en cuestión, al sostener que el mismo «había fijado el procedimiento o guía acorde a lo que establece la legislación actual, dictada el 13 de marzo de 2012 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, más conocido como el ‘Caso F.A.L'».

De esa manera, el Tribunal legitimó la puesta en práctica de la «Guía de Procedimiento para la Atención de Pacientes que soliciten Prácticas de Aborto no Punibles», por lo tanto el Ministerio de Salud de la provincia deberá arbitrar los medios para que en los establecimientos públicos se realicen las prácticas de abortos autorizados por la norma.

En Córdoba, la práctica de abortos no punibles se podía realizar únicamente en la Maternidad Nacional y el Hospital Nacional de Clínicas, que son de jurisdicción nacional y no estaban alcanzados por la cautelar.

El legislador provincial García Elorrio, del partido Encuentro Vecinal y presidente del Portal de Belén, es un militante católico que rechaza el aborto y que impulsó distintas acciones judiciales, sociales e institucionales que atenten contra la concepción y la vida humana. Referentes de varias organizaciones sociales y políticas se autoconvocaron este martes por el mediodía en los alrededores de los Tribunales para esperar el fallo judicial y celebraron con un «pañuelazo» verde tras conocer la sentencia favorable.

Tags: Aborto
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