El Ministerio de Salud creo una comisión para determinar si sus publicidades se corresponden con lo que realmente ofrecen
Una comisión del Ministerio de Salud integrada por profesionales de esa cartera, del Conicet, expertos en nutrición y académicos de la Universidad Nacional de Buenos Aires (UBA), evaluará si un alimento tiene las propiedades saludables que publicita, para luego autorizar o no la continuidad de esos anuncios.
La Comisión Evaluadora para la Declaración de Propiedades Saludables de Alimentos fue puesta en vigencia hoy mediante la disposicón 7730 del Boletín Oficial y se encargará de emitir informes sobre los alimentos anunciados como saludables, informó la cartera de Salud en un comunicado.
Integrarán la Comisión profesionales pertenecientes al Instituto Nacional de Alimentos, expertos del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet), de la Sociedad Argentina de Nutrición y del Departamento de Físico-matemática de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad Nacional de Buenos Aires, entre otros organismos e instituciones.
«Muchas empresas hacen publicidades declarando que sus productos poseen propiedades que hacen bien a la salud de la gente. Ahora, este comité va a definir si realmente ese producto tiene las propiedades aludidas, y si es así las podrá anunciar; y en caso de que no las tenga, no las podrá usar», detalló Roberto Lede, director de Relaciones Institucionales de la Anmat.
El resultado del análisis técnico que realice la ha comisión «podrá ser usado por el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria» de la Anmat, agregó el funcionario.
En la disposición del Boletín Oficial se destaca que las declaraciones de propiedades saludables «ofrecen información que, si se aplica apropiadamente, podría ayudar al consumidor a seleccionar alimentos asociados a una adecuada nutrición y salud, lo que contribuye al logro de los objetivos de promoción de la salud».
Además destaca que «brindar información verídica al consumidor, asistir a los consumidores en realizar elecciones saludables, y/o alentar a los elaboradores a desarrollar productos saludables, son los objetivos que llevaron a establecer las regulaciones de las declaraciones de salud».
Por último, en el artículo 8 se establece que la norma entrará en vigencia a los treinta días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial; y que a las empresas se les otorgará un plazo de ciento ochenta días hábiles para su adecuación..
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