Los infractores podrán obtener reducciones de intereses por mora y recargos.
La Dirección General de Rentas informo que los infractores por multas firmes labradas por la Policía Caminera podrán acogerse a los beneficios del Régimen excepcional de facilidades de pago de obligaciones tributarias y no tributarias, prevista por el ente recaudador.
Según establece esta modalidad, fijada por el Decreto 2112/11, los infractores podrán obtener reducciones de intereses por mora y recargos y la opción de cancelar su deuda de contado o bien mediante plan de pago de hasta seis cuotas.
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