A los profesionales de Carlos Paz, Río Segundo, Jesús María y Alta Gracia se les asignó una clave para que, en forma on line, conozcan todos los movimientos de las causas en las que intervienen
El Poder Judicial de Córdoba sigue comprometido con la digitalización y despapelización de los procesos judiciales. Por eso, a partir del 14 de junio, los abogados que litigan en las sedes judiciales de Carlos Paz, Río Segundo, Jesús María y Alta Gracia podrán consultar por Internet, ingresando al portal www.justiciacordoba.gov.ar, todos los actos procesales cumplidos y registrados en los expedientes en los que intervienen, como ya lo hacen los letrados de la capital.
De acuerdo con la Resolución Nº 4, firmada por el presidente de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Armando S. Andruet (h), los profesionales podrán consultar «las radiografías de los expedientes en que sean parte, conjuntamente con todos los decretos, préstamo/devoluciones y demás movimientos de la causa». Para que esto sea posible, deberán darse tres condiciones en forma conjunta y simultánea: 1) que el nombre del letrado esté cargado como parte en el Sistema de Administración de Causas (SAC) Multifuero para cada expediente en particular. 2) Que el expediente se encuentre para el sistema en la opción «Casillero» del juzgado. 3) Que las operaciones que deseen consultar figuren en condición de «realizadas» en la causa.
Las consultas que efectuaran por este mecanismo no importarán para los profesionales la notificación de forma automática de los actos procesales.
En una fase anterior, a cada abogado que lo requirió se le había asignado un nombre de usuario y clave personal para poder acceder a los servicios judiciales disponibles on line. Por ende, ahora cada trámite que se concrete bajo esas condiciones será «atribuible excluyentemente a dicho usuario letrado, por lo cual es responsabilidad excluyente de cada profesional el cuidado y la reserva de su clave personal», según advierte la Resolución Nº 4. En definitiva, los expedientes podrán ser consultados por letrados y procuradores que intervengan en el pleito, o por quienes hayan sido autorizados por éstos, razón por la cual «queda fuera del ámbito de responsabilidad del Poder Judicial el control del uso de las claves (informáticas) por parte de los autorizados», de quien será «responsabilidad privativa el uso y la reserva de dichas claves», según subraya la Resolución Nº 4.
En la disposición, Andruet (h) destacó que, en forma gradual, «se irán introduciendo más servicios disponibles on line», siempre teniendo «en miras una ulterior despapelización completa de los diferentes trayectos procesales».
Fuente :justica córdoba
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