Admiten dos amparos contra reforma judicial el juez federal de CórdobaRicardo Bustos Fierro acogió el pedido de entidades de abogados cordobesas
El juez federal Ricardo Bustos Fierro declaró admisible una acción de amparo presentada por el Colegio de Abogados por la inconstitucionalidad de la reforma judicial recientemente sancionada por el Congreso Nacional. Y lo mismo habría hecho el mismo juzgado, con un pedido similar formulado por la Federación de Colegios de Abogados de Córdoba.
La acción de amparo que interpuso el Colegio se sustanciará conforme a la Ley 16.986 que la considera admisible contra todo acto u omisión de autoridad pública que lesione los derechos reconocidos por la Constitución Nacional.
El magistrado requirió al Estado un informe circunstanciado, en un plazo máximo de 7 días. Sobre la medida cautelar solicitada y la inconstitucionalidad planteada en contra de la Ley 26.854 (Procesos excluidos en medidas cautelares en las causas en las que es parte o interviene el Estado), Bustos Fierro dispuso que se difiera el tratamiento “hasta el momento en que se encuentre agregado el informe”.
Fuentes tribunalicias, destacaron sobre el fallo del juez cordobés que:
No se declaró incompetente.
No consideró inadmisible el planteo de los abogados ni lo rechazó in limine .
No descarta la admisión de una medida cautelar para proteger los derechos cuya vulneración alega el Colegio de Abogados.
No toma del planteo las objeciones de contenido electoral, sino de carácter general. La cuestión electoral, por tratarse de una elección de distrito único, podría demandar un pronunciamiento de la jueza María Romilda Servini de Cubría.
Colegio de Abogados
Para Alejandro Tejerina, presidente del Colegio de Abogados, al darle curso a su pedido, la Justicia entiende que “hay peligro en la demora y
verosimilitud en el derecho”.
Esto abre el camino a que eventualmente se dicten las medidas requeridas: una resolución de fondo o una medida cautelar.
Fuente: La Voz
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