Preocupación judicial por las fiestas «Facebook» y la ingesta de alcohol en menores. Una jueza de Río Segundo instó a padres, docentes, comerciantes, policías e intendentes a realizar acciones conjuntas para enfrentar la problemática.
Las denominadas «previas» y las fiestas convocadas a través de redes sociales son una problemática social que va en aumento. Por lo menos así lo sostiene la jueza de Control, Niñez, Juventud, Penal Juvenil y Faltas de Río Segundo, María de los Angeles Palacio de Arato, quien convocó a autoridades y familias a realizar acciones conjuntas para enfrentar la ingesta de alcohol entre adolescentes.
A los intendentes
La magistrada exhortó a los intendentes del departamento Río Segundo a que “reglamenten el control en las fiestas convocadas por redes sociales, ya que estas son públicas».
También les pidió que «instrumenten, en sus respectivos territorios, las medidas necesarias para cumplir eficazmente con las leyes y decretos que prohíben la ingesta, la venta y el expendio de alcohol a menores”.
Para los padres
En relación con las denominadas “previas”, la magistrada también exhortó a las familias a que protejan a los menores evitando la “ingesta alcohólica en el ámbito privado”.
A la Policía
Requirió a la Policía que “realice los debidos controles de alcoholemia por su responsabilidad funcional en el ejercicio del poder de policía provincial”, juntamente con la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), “por su responsabilidad subsidiaria”.
Para los colegios
En la misma dirección, la jueza solicitó a “las escuelas que incorporen en su currícula las medidas preventivas, tanto para padres como para alumnos, que permitan internalizar la gravedad de la ingesta y su problemática, con la ayuda de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) destinadas a la prevención y al control”.
Para los comerciantes
También hizo saber a “los comerciantes, supermercadistas, servicios de catering, operadores nocturnos y de lugares de esparcimiento que deben dar debido cumplimiento a las normas que vedan la venta de alcohol a jóvenes, bajo apercibimiento de ley”.
La causa
La causa se inició como consecuencia de la presentación formulada por una abogada y de un llamado telefónico anónimo, que advertían que los niños y jóvenes se encuentran en situación de riesgo por la venta y facilitación del consumo de bebidas alcohólicas, especialmente en fiestas de cumpleaños (particularmente, de 15 años), que se realizan por intermedio de empresas privadas que brindan el servicio de catering o convocadas por redes sociales, en domicilios particulares, a las cuales se las consideró “públicas”.
Además, se tuvo en cuenta que, en distintos puntos del Departamento Río Segundo, hubo numerosas muertes en los fines de semana de jóvenes por accidentes de tránsito asociados con la ingesta el alcohol, sostiene un comunicado de la Justicia.
Llamado a una audiencia pública
La jueza, siguiendo la última jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, decidió imprimirle a la causa el trámite de una acción individual innominada por omisión con efecto colectivo, con del fin de determinar si las familias, el Estado y particulares habían obviado las obligaciones impuestas por la Constitución y por los tratados internacionales que gozan de igual jerarquía, que mandan preservar el interés superior del niño.
En ese sentido, convocó a una audiencia pública, a la que comparecieron todos los intendentes del departamento Río Segundo, el Defensor Adjunto de los Derechos del Niño, representantes de la Senaf y del resto de los sectores involucrados en la cuestión -comerciantes, ONG, representantes de los poderes legislativos y ejecutivo, docentes y otros interesados-, que se comprometieron a adoptar acciones positivas en la comunidad.
En la resolución, Palacio de Arato aseguró: “el alcohol es una sustancia adictiva que crea una dependencia similar a la de las drogas. En el caso de los adolescentes, además, ese riesgo es mucho mayor. Se demostró que un 47% de las personas que comienzan a consumir alcohol antes de los 14 años desarrollan una dependencia en algún momento a lo largo de su vida”.
La magistrada lamentó la falta de contención de los jóvenes “a causa de las actitudes de sus progenitores que, lejos de cuidarlos, les permiten colocarse en situaciones francamente peligrosas: les toleran alcoholizarse, fumar marihuana, les compran vehículos peligrosos como motos, cuadriciclos, y les permiten utilizarlos sin ningún tipo de restricción horaria, lo que no es ajeno al Tribunal”.
También aclaró que la intervención del Poder Judicial no implicaba “una injerencia indebida en las familias”, sino “tutelar los derechos de los niños y jóvenes y dar protección integral a sus vidas en la medida en que se los lesiona de parte de sus progenitores por descuido”.
Tras haber repasado las prohibiciones y prescripciones establecidas por el Código de Faltas, Palacio de Arato destacó que “la regulación normativa es de una claridad meridiana, y tiene previsto todos los supuestos y responsabilidades que el tema genera”, razón por la cual “la omisión se encuentra en el modo de cumplimiento, por lo que no faltan las normas que regulan las conductas, sino el contralor adecuado”.
Un plan
Como consecuencia, con el fin de hacer cesar “la negligencia y omisión que se endilga a los controles de la ingesta excesiva de alcohol a los niños y jóvenes”, la jueza concluyó en la necesidad de elaborar “un plan de gestión con la participación de todos los sectores involucrados”, y de implementar “las medidas concretas necesarias para prevenir y remediar los efectos de la ingesta alcohólica, y, en su defecto que los padres, funcionarios y sociedad en general tome debida cuenta del gravísimo estado de riesgo que corren nuestros jóvenes todos los fines de semana”.
Fuente: La Voz
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