Los titulares de las carteras de Agricultura, Norberto Yauhar, y de Justicia, Julio Alak, ultimaron detalles para la reglamentación de la Ley de Protección del Dominio del Suelo.
Yahuar subrayó que «esta legislación responde a un proyecto nacional de desarrollo basado en la independencia económica y la distribución de la riqueza».
Alak destacó que la Ley de Protección del Dominio del Suelo aprobada en diciembre último «fortalece la soberanía nacional a través de la defensa de nuestros recursos estratégicos», porque «frenará el proceso de enajenación de la tierra y evitará su concentración mediante la compra de grandes extensiones por parte de extranjeros».
La ley, que será reglamentada en los próximos días por el Poder Ejecutivo, fija en un 15% el límite a toda titularidad de dominio de tierras rurales en el territorio nacional para extranjeros.
La norma crea además el Registro Nacional de Tierras Rurales en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Este organismo permitirá ordenar la información sin violar las autonomías y los derechos federales, compartir la información, mejorar la seguridad jurídica del país y contribuir al desarrollo económico.
También establece la creación del Consejo Interministerial de Tierras Rurales, en línea con la concepción de Estado moderno, interdisciplinario y multiagencial que desarrolla este Gobierno, indicó la cartera de Justicia.
La ley establece que hasta el 15% del territorio nacional puede estar en manos de ciudadanos o empresas extranjeras.
Además, según el texto -que no prevé retroactividad y por ende no vulnera derechos adquiridos- de ese 15% total no podrá haber más del 30% en manos de «personas físicas o jurídicas de una misma nacionalidad».
La legislación establece que las tierras en poder de extranjeros «no podrán superar las 1.000 hectáreas o superficie equivalente en la zona núcleo determinada por el Consejo Interministerial de Tierras Rurales».
La norma destaca que se «atenderán los tratados bilaterales de inversión suscriptos por Argentina», vigentes a la entrada en vigor de la ley y que «no se entenderá como inversión la adquisición de tierras rurales por tratarse de un recurso natural no renovable».
Fuente: El Enfiteuta
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