A partir del 1 de julio de 2013 no se podrán comercializar agroquímicos que contengan el principio activo Endosulfán.
No se podrán comercializar agroquímicos que contengan el principio activo Endosulfán y se producirá la baja automática de dichos productos en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal dependiente de la Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos del Senasa.
La medida (resolución 511/11 del Senasa), que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, determina además la prohibición a partir del 1 de julio de 2012 de la importación del principio activo Endosulfán y sus productos formulados.
«Teniendo en cuenta que no existe producción nacional del principio activo Endosulfan ni plantas habilitadas para producir dicho principio activo, la supresión progresiva del uso del Endosulfán en nuestro país se implementará exclusivamente a través de una reducción gradual en la importación de dicho principio activo y sus productos formulados», señala la norma.
Las empresas locales que tengan inscripto el principio Endosulfán y/o sus productos formulados en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal podrán solicitar voluntariamente su archivo con anterioridad al plazo establecido en la resolución 511/11.
Por otra parte, las empresas que al 31 de diciembre de 2012 tengan inscripto el Endosulfan deberán presentar entre el 15 y el 31 de diciembre de ese año una Declaración Jurada de las existencias remanentes, tanto del principio activo como de sus productos formulados, a la Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos del Senasa, «la que establecerá las pautas y requisitos para la utilización de esas existencias».
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