Es la cifra actualizada de fondos utilizados por ministerios y secretarías entre 2006 y 2014, que no presentaron comprobantes. El Tribunal de Cuentas “ajustó” a cero esos saldos sin rendir con una resolución polémica, para evitar el “estéril” gasto administrativo.
Supongamos que la empresa en la que trabajamos nos adelanta cuatro mil pesos para comprar clips y libretitas para la oficina, después de mostrarle a nuestro jefe un presupuesto entregado por la librería. Imaginemos que por alguna razón –perdimos la factura, compramos otra cosa, usamos el dinero para una fiesta con compañeros– no podemos rendir cuentas cuando la empresa nos lo pide.
No cuesta mucho adivinar cuáles serían las consecuencias.
En el sector público, no siempre sucede de esta manera: el Tribunal de Cuentas (TC) de la provincia de Córdoba dictó la resolución 165, el 15 de noviembre de 2016, mediante la cual resuelve “ajustar los saldos pendientes de rendición de cuentas (…), correspondientes a los ejercicios 2006-2014, cuyos importes no superan el 50 por ciento del valor del índice 1” establecido en la Ley de Presupuesto, “dejando sus registros en cero”.
O sea, abarca importes de hasta 4.000 pesos –el índice 1 es de 8.000 pesos– que corresponden a órdenes de pago directas, subsidios, obligaciones de pago periódicas, ajustes contables o transferencias bancarias, entre otros ítems.
La medida favorece a todas las dependencias del Gobierno: ministerios, secretarías y direcciones; y hay hasta expedientes –aunque con cifras ínfimas– de los poderes Legislativo y Judicial.
La justificación aparece en la misma resolución: “Resulta conveniente establecer pautas concretas para tener presente en oportunidad de evaluar sobre la razonable factibilidad del seguimiento de aquellos trámites cuya gestión pueda representar un estéril y antieconómico gasto administrativo”.
El argumento no llama tanto la atención en casos de expedientes de centavos o pocos pesos. Parece lógico. Pero como la resolución toma el índice 1 a valor 2016, hay gastos considerables de hasta 4.000 pesos realizados en 2006, que equivalían a cinco salarios mínimos vital y móvil (hoy dicho salario es de 8.060 pesos).
En total, son unos 3.500 expedientes de gastos que suman un monto histórico de casi 6.200.000 pesos. Si esa cifra se ajusta –año por año, según la tasa pasiva más el dos por ciento mensual con el que la Justicia calcula las actualizaciones–, el monto superaría hoy los 20 millones de pesos.
Algunos son saldos pendientes de rendir, y otros la rendición completa.
Un ejemplo: sólo el Ministerio de Finanzas sumó en 2011 en DUC –un tipo de documento de ajuste contable– un total de 530.822 pesos sin rendición final. Entre 2006 y 2014, fueron 2.094.589 pesos. Todo eso figura ahora con saldo “cero” en el sistema de consultas de expedientes del TC.
Sin control posterior
Desde el TC explicaron que, si bien no existe en este caso el control posterior, en el control preventivo se chequeó que esos gastos estuvieran bien asignados, se revisaron presupuestos y proveedores e incluso, en algunos casos, hasta las facturas de los montos por rendir, cuando existían.
El problema es que las mismas personas que abren los expedientes se los llevan –físicamente– del TC, y si no hay control posterior de gastos no rendidos, nadie puede tener certeza absoluta de que se hayan utilizado para lo que estaba establecido. Más allá de que, en la mayoría de los casos, se trate de negligencias producto de la informalidad, a la que muchos acostumbran con montos pequeños.
Otra aclaración del TC es que no se trata de un “blanqueo” de gastos sin rendir, sino de un “ajuste contable”. Pero en la misma resolución 165 dice que los registros se dejan en cero. Es más: La Voz accedió a expedientes, elegidos al azar, entre los comprendidos en esta medida. Por ejemplo, el 27-374/2006 del Ministerio de Finanzas, por 3.234 pesos, que corresponde a una orden de pago directa, sin mayores precisiones. En el ítem “Acta de intervención” figura “No existe intervención registrada”, y al final se lee que existe una resolución aprobatoria que es, justamente, la “resolución 165”, descripta como “Baja contable saldo de rendición”.
Si bien pareciera que, al poner el saldo pendiente de revisión en cero, esa revisión está saldada, desde el TC aseguran que la facultad para iniciar juicios continúa, que esta resolución “no aprueba ni desaprueba”, que “no se libera de responsabilidad” a quien debía rendir, y que “el día de mañana” se podrían revisar los expedientes. Aunque en el considerando de la misma resolución 165 se justifica el ajuste como una forma de no caer en el “estéril y antieconómico gasto administrativo”.
Por último, la presidenta del TC, Graciela Chayep, entregó a este diario una planilla para mostrar que el monto del “ajuste contable” es cada año apenas entre el 0,002 y el 0,005 por ciento del Presupuesto provincial, lo que minimizaría el impacto de esta resolución.
Polémica
La famosa 165 se aprobó el 15 de noviembre de 2016, cuando el tribuno de la oposición, Esteban Bría, se encontraba de viaje. “Si bien las resoluciones se aprueban con el voto positivo de dos vocales, en este caso la resolución nunca pasó por la vocalía de la minoría para su estudio, por lo que se tramitó de manera inconsulta y evitando que la oposición tome conocimiento de ella”, señaló Bría, y aclaró que se enteró de esta medida cuando todo ya estaba aprobado –incluso con los informes de distintas direcciones del TC, fechados en octubre– y cuestionó varios puntos.
“En primer término, este tipo de resoluciones se deben tomar en reuniones plenarias (art. 8 Inc. f y h ley 7.630); en segundo lugar, en este caso, es secundario discutir sobre las facultades del Tribunal para tomar esa decisión. Aquí hay fondos de los cordobeses que no sabemos en qué se gastaron, porque los funcionarios que hicieron los gastos durante casi una década no los rindieron. Y con esta resolución se ponen en cero todas esas cuentas sin rendir. Es muy difícil rastrear el destino de los fondos, y el TC pretende con esta resolución dispensarlos del control posterior al que obliga la ley”.
Desde el TC señalan que la ley 7.630 –Orgánica del TC– les confiere estas atribuciones en sus artículos 8 (inc. f y h), 19 (inc. e y h) y 21 (inc. b). En dichos artículos no se hace referencia directa a la atribución de sortear el control posterior, pero sí en cuanto a “interpretar las normas establecidas en la ley”, “examinar y decidir en el procedimiento de rendición de cuentas”, y de “determinación de responsabilidad” en estos casos.
Por lo tanto, la presidenta del TC, Graciela Chayep, asegura que lo realizado es parte de las atribuciones del Tribunal que ella preside.
Justamente, una resolución similar a la 165 se dictó en 2007, para “ajustar a cero” los registros sin rendir anteriores a 2006. Fue, también, en el período en que Chayep ocupaba la presidencia del TC.
Lo publicado
11 de octubre 2016. Hay entre 200 y 400 causas judiciales abiertas por el Tribunal de Cuentas de Córdoba contra municipios y entidades que no rinden correctamente los fondos que les entrega la Provincia. Representan millones de pesos que casi nunca se recuperan. La cifra total es un misterio: no hay registros oficiales. El agujero negro del Tribunal de Cuentas de Córdoba
5 de noviembre 2016. Hay 489 causas abiertas por el Tribunal de Cuentas contra municipios y otras entidades. No tienen cómo demostrar en qué gastaron esos subsidios. Representan al menos $ 30 millones actualizados. Los datos fueron brindados tras un pedido de acceso a la información. Avalancha de juicios por falta de rendición
Ag. de Noticias: La Voz
Comentar post