El ente fiscal dispone que tanto esos comercios como las casas de ropa y los servicios públicos deberán retener la información de las personas que paguen una factura mayor al monto de $1.000.
Se trata de la vieja resolución 256 del año 1998 de la AFIP, La misma establece que el tope de una factura para consumidor final es de $250. De superar esa cifra, el comercio deberá entregar al usuario una Factura B, donde se consignan sus datos fiscales.
La entidad dirigida por Ricardo Echegaray preserva esa normativa, aunque tuvo que actualizar los costos el año pasado, con lo cual el límite fue fijado en $1.000.
De esta manera, todos los supermercados, negocios de ropa y empresas de servicios tienen la obligación de requerir la información fiscal de los clientes que superen ese monto preestablecido.
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