El objetivo de la comisión, presidida por el representante de los abogados Juan Pablo Más Vélez, es llevar al plenario de este cuerpo del Poder Judicial. el reglamento para la aplicación de este gravamen, que hasta ahora no afectaba a magistrados.
El acuerdo entre el Ministerio de Justicia y la Asociación de Magistrados, que fue aprobado por unanimidad por el Consejo de la Magistratura, establece que los jueces que provienen de la carrera judicial y fueron designados a partir del 1 de enero de 2017 pagarán el impuesto a las Ganancias desde enero de 2019.
Empero, estableció que la tributación será bajo diferentes modalidades, según se trate de funcionarios que llegan al cargo por carrera judicial, abogados designados jueces y antiguos jueces que quedaron exentos del pago del gravamen.
En los casos en que se trate de un ascenso dentro de la carrera judicial, se estableció que el gravamen no afecte la totalidad del sueldo, sino que será calculado sobre la diferencia entre el nuevo sueldo de juez y el anterior. En cambio cuando sean jueces que ingresaron a partir de enero de 2017 desde fuera de la carrera judicial, tributarán bajo el régimen habitual.
La Ley 27.346, que establece el pago del Impuesto a las Ganancias para los jueces, había sido sancionada en 2016, pero un recurso cautelar presentado por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional había dejado sin efecto el descuento. El 27 de noviembre, la Corte Suprema rechazó el recurso y falló en el sentido de que los nuevos funcionarios judiciales ingresados a partir del 1° de enero de 2017 debían comenzar a tributar.
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