Este miércoles, la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad y giró a Diputados un proyecto de ley para establecer un Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria.
Este sistema será de aplicación obligatorio y pretende estandarizar medidas corporales, regularizadas conforme con la reglamentación específica para fabricar, confeccionar, comercializar e importar indumentaria destinada a la población a partir de los 12 años.
Además, el Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo que corresponda, realizará en todo el territorio nacional y cada diez años, un estudio antropométrico de la población.
Los comercios, por su parte, estarán obligados a exhibir un cartel de un mínimo de 15 x 21, en un lugar de fácil visibilización, que contenga la tabla de medidas corporales normalizadas.
Otro aspecto novedoso es que los locales tendrán que “garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores”, y en ese sentido “deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias”.
Ante el incumplimiento de la ley, habrá sanciones que son las contempladas en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y la Ley 23.592 de Penalización de Actos Discriminatorios.
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