El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) prohibió a las distribuidoras y subdistribuidoras incorporar conceptos no vinculados al servicio en las facturas de los usuarios del sistema de gas natural por red, lo que limitará la aplicación de cualquier tributo provincial o municipal.
A través de la Resolución 30/2018 publicada en el Boletín Oficial, el Enargas estableció que «todo concepto que pretenda incorporarse en la factura del servicio de distribución de gas por redes, debe guardar estricta relación con los servicios regulados y estar previamente contemplado en una norma de alcance general que prevea tal concepto».
En la norma, «se establece la expresa prohibición de incorporar conceptos no autorizados por este organismo» de acuerdo con lo dispuesto por el organismo recientemente normalizado con la designación de su presidente Mauricio Ezequiel Roitman.
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