La procuradora general, Alejandra Gils Carbó, deberá pronunciarse en la causa que tiene congelado el aumento de tarifas del gas en todo el país, luego de que la recibiera ayer de manos de la Corte Suprema de Justicia. Este giro del expediente hacia la Procuración General es un paso formal que debe cumplir el máximo tribunal del país antes de emitir un fallo.
El tribunal le pasó la causa a la procuradora, cuya opinión no tendrá carácter vinculante. Descartan que los jueces fijen pautas para las tarifas, pero pedirían que no sean confiscatorias… Fuentes judiciales comentaron a este diario que Gils Carbó “no tiene plazos para emitir su dictamen”. De todas maneras, según información proveniente de la misma Corte, el tribunal evaluaba pronunciarse sobre este tema “en 15 o 20 días”, por lo que ayer se especulaba que Gils Carbó podría emitir su dictamen en los próximos días.
El Gobierno nacional sigue con preocupación el derrotero de la causa judicial que puso freno a los aumentos tarifarios dictados por el ministro de Energía, Juan José Aranguren… A principios de semana, el propio Aranguren consideró que “sería muy grave” que la Corte no avale el aumento, aunque avisó que el Gobierno realizará una audiencia informativa para dar a conocer el valor de “la generación de la electricidad y del precio del gas en boca de pozo”.
La resistencia a los incrementos, en tanto, lejos de apaciguarse se multiplicó en las últimas semanas: la Justicia acumula 46 expedientes abiertos en todo el país contra la suba del precio del gas… Gils Carbó ahora deberá dar su opinión sobre el fallo dictado por la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, que suspendió el aumento de las tarifas. La opinión de la procuradora no tiene un carácter vinculante respecto al fallo final que deberán dictar los ministros de la Corte: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.
¿Cómo fallaría la Corte?
Mucho se está especulando sobre el fallo de la Corte. Fuentes cercanas a sus integrantes se inclinan por descartar que la Corte se exprese fijando pautas concretas sobre cuánto debería ser el aumento en las boletas de los servicios, pero sí se adelantó un principio rector que seguirá el fallo: “Las tarifas no deben tener niveles confiscatorios para los bolsillos de los contribuyentes”, se evaluó.
El 7 de julio, la Sala II declaró “nulas” las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía y Minería, las cuales dispusieron la suba, y ordenó “retrotraer” la situación tarifaria “a la existente previamente al dictado” de esas normas.
El fallo surgió tras las apelaciones de las asociaciones civiles Cepis y Consumidores Argentinos, y del Ejecutivo a la resolución del Juzgado Federal 4 de La Plata, que ordenó convocar a una audiencia pública para debatir con usuarios los aumentos.
El Juzgado señaló que “la Audiencia Pública es un mecanismo de participación ciudadana, que refuerza los principios de acceso a la información y a la transparencia de las actuaciones estatales”, y declaró la “nulidad” de las resoluciones del Ministerio de Energía. Pese a una apelación del Gobierno hecha el 12 de julio, tres días después se ratificó la vigencia del fallo que suspendió los incrementos en el valor de ese servicio.
Otra alternativa seguida con inquietud por el Gobierno es la próxima incorporación de Carlos Rosenkrantz a la Corte Suprema de Justicia como su quinto integrante. ¿Cuándo podría asumir? “En el transcurso de este mes, pero no hay fecha fijada”, respondieron ayer a este diario desde la oficina de prensa de la Corte. De asumir Rosenkrantz antes de que el máximo tribunal de Justicia de la Nación emita su fallo, el Gobierno vería empantanarse aún más la controversia sobre las tarifas: Rosenkrantz “debería estudiar el expediente y eso insumiría un tiempo que demoraría el pronunciamiento”, razonaron fuentes judiciales.
Ag. de Noticias: La Voz
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