La Corte Suprema de la Nación fijó el temario de los principales casos que dispuso resolver durante el primer semestre del año, entre ellas si resulta constitucional la aplicación del cobro del impuesto a las Ganancias a los jubilados que tienen altos haberes y la reciente enmienda constitucional en La Rioja, votada en consulta popular, que habilitó la reelección del gobernador Sergio Casas.
En el acuerdo celebrado este martes en el Palacio de Tribunales, los jueces de la Corte incluyeron además otra causa sobre un reajuste a los jubilados, denominado «Caso Badaro», la causa emblemática sobre la cual se produjeron cientos de adhesiones para reclamar el recálculo de haberes a la Anses.
En este caso se discuten los alcances de la legitimación del Defensor del Pueblo de la Nación, quien promovió un amparo colectivo y si el Estado Nacional debe adoptar las medidas adecuadas para disponer un ajuste por movilidad en beneficio del colectivo de jubilados y pensionados.
En su acuerdo habitual de los martes, la Corte fijó también como prioridad el juicio contra el Estado Nacional de la empresa minera Barrick Gold que pidió que se declare inconstitucional la ley de protección de Glaciares.
Se trata de la ley 26.639 que estableció el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y el Ambiente Periglacial.
También, sin fecha, se prevén dos audiencias públicas dentro del primer semestre del año: una vinculada al fondo sojero que reclaman las provincias de Santa Cruz, Chubut, Santiago del Estero, Catamarca, Formosa y Tierra del Fuego y la otra por una demanda de la empresa ESSO a la Municipalidad de Quilmes por cuestiones impositivas.
La petrolera cuestionó el cobro de la tasa municipal por inspección, seguridad e higiene y en ese caso, según fuentes judiciales, se encuentra en debate, fundamentalmente, la forma de cálculo de la tasa para determinar si se puede tomar como base los ingresos del contribuyente en otras jurisdicciones y la proporcionalidad entre su monto y el costo del servicio prestado.
La Corte agregó un caso sobre la constitucionalidad de los juicios por jurado, en los que ciudadanos deciden junto a un tribunal sobre la culpabilidad o inocencia de un acusado en el marco de la causa “Canales”, en la que se discute si las provincias pueden establecer el sistema de juicio por jurados y si, eventualmente, su introducción por una ley local que entró en vigencia durante el trámite de la causa afecta la garantía del juez natural.
Incluyó además la causa “Farfán” en la que dirigentes sindicales vinculados a la jefa de la organización jujeña Tupac Amaru, Milagro Sala, al ser excarcelados se les exigió no asistir a asambleas o reuniones de trabajadores.
Allí, se debate si la medida judicial que, al conceder la libertad a personas imputadas por delitos de amenazas agravadas, daños agravados y turbación al ejercicio de funciones públicas, les fijó la restricción de participar en reuniones multitudinarias y/o manifestaciones violentas afecta su derecho de peticionar a las autoridades y el ejercicio de su actividad sindical.
El listado abarca también la llamada causa “Price”, en la que se discute si las provincias tienen facultades para regular el alcance de la garantía del plazo razonable en el proceso penal.
También agregó a su temario la causa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contra la provincia de Córdoba, por «ejecución fiscal», en la que se debate si el gobierno porteño tiene derecho a la competencia originaria de la Corte o si, por el contrario, no es sujeto aforado a esos estrados.
En otro punto, incluyó la causa de la empresa Telefónica de Argentina contra la municipalidad de General Güemes, en la que se analiza la validez de una ordenanza municipal que estableció una serie de condiciones respecto de la localización, instalación y funcionamiento de las antenas telefónicas.
La Corte sumó también la denominada «Causa Ingegnieros”, sobre una víctima de la dictadura militar -María Gimena Ingegnieros- en la que se discute la prescripción de la acción indemnizatoria dirigida contra una empresa, en este caso Techint, por la desaparición forzada de un trabajador.
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