Una jueza rechazó las cautelares pedidas por Citibank Argentina en contra de la decisión del Banco Central de inhabilitar al titular de la entidad bancaria, Gabriel Ribisich, por firmar un acuerdo con un fondo buitre.
La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal número 3, Claudia Rodríguez Vidal, resolvió hoy rechazar las medidas cautelares solicitadas por Citibank Argentina en contra de la decisión del Banco Central de inhabilitar al titular de la entidad bancaria, Gabriel Ribisich, por la firma de un acuerdo con un fondo buitre.
El pronunciamiento se dio en el marco de la causa número 14698/2015 “CITIBANK NA c/ EN-BCRA Y OTROS s/ AMPARO LEY 16.986, informaron a Télam fuentes judiciales.
La magistrada sostuvo que “por la generalidad e imprecisión con que fue planteada la solicitud cautelar, no sólo no encuentro configurado, en este tiempo, el peligro en la demora sino que tampoco aparece acreditada la verosimilitud del derecho invocado, como exige el artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”.
“No se ha demostrado que durante la tramitación de esta acción sumarísima pudiera producirse un daño inminente que transforme en ilusoria la eventual sentencia favorable que pudiera dictarse, o que se encontrara amenazada de un modo cierto y actual el funcionamiento de la entidad actora, en tanto como se ha señalado precedentemente, el banco actor admite que en la actualidad opera sin inconvenientes, y que las facultades del representante legal se encuentran distribuidas en los distintos gerentes responsables de cada área”, agregó la jueza.
Tal presupuesto surge de un informe elaborado por el Banco Central (BCRA) del cual resulta que “se corroboró el normal funcionamiento de la entidad en función de la delegación de funciones y poderes vigentes en los funcionarios de las áreas operativas claves del banco”.
De esta forma, la jueza dispuso que no se encuentran configurados los recaudos para la procedencia de la tutela preventiva, y que la medida cautelar solicitada por el Citibank resulta improcedente.
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