La Justicia rechazó un amparo presentado por un jubilado para declarar la inconstitucional de la ley de reforma previsional sancionada a fines del año pasado por el Congreso.
La Justicia Federal respaldó la Reforma Previsional impulsada por el Gobierno y sancionada por el Congreso al rechazar un recurso de amparo presentado por un jubilado que interpreta que su poder adquisitivo se verá afectado por el cambio en la fórmula de ajuste de los haberes.
El jubilado y ex gerente de la ANSeS, Miguel Fernández Pastor, pidió a la Justicia que declare inconstitucional la Ley 27.426 sancionada en diciembre que modificó la fórmula de movilidad previsional que dejó el kirchnerismo por una que pondera la inflación (en un 70%) y la suba de salarios (en un 30%).
En la resolución, que tiene fecha de este martes, Cammarata argumentó que el cambio de la fórmula previsional no representa una “violación alguna al derecho de propiedad del actor”, al tiempo que deslegitima los argumentos utilizados por el reclamante como habilitante para un virtual pedido colectivo.
Dice también que el jubilado Fernández Pastor obtuvo su beneficio previsional con anterioridad a la sanción y entrada en vigencia de la ley y por lo tanto “al no resultarle aplicable la norma que cuestiona” (ya que su haber se calculó en base a normas vigentes con anterioridad) “no detenta legitimación alguna” su reclamo “deviniendo abstracto cualquier pronunciamiento”.
La magistrada reconoce que es “bastante inferior” lo que recibiría como pago en marzo en concepto de jubilación, respecto al monto que hubiera arrojado la fórmula de cálculo anterior.
Pero aclara que antes la fórmula era semestral y ahora es trimestral, por lo que esa baja la verá compensada en el próximo pago de junio, entre otros aspectos que revisa la jueza respecto a la presentación del jubilado.
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