El juez federal Ariel Lijo sostuvo que el asesinato del ex secretario general de la CGT, José Ignacio Rucci, no fue un delito de lesa humanidad y dictaminó la prescripción de la causa.
El magistrado consideró que el asesinato de Rucci, ocurrido en 1973, no fue un delito de lesa humanidad y que, si bien se cree fue cometido por Montoneros, no hay elementos para llamar a nadie a indagatoria y la causa prescribió por el paso del tiempo.
«La naturaleza aberrante del suceso, ni la repercusión social y el inconmensurable daño ocasionado, no bastan por sí para superar los diques estrictos que contienen y perfilan dicha materia, único presupuesto válido para habilitar la persecución penal en un hecho en el cual, según el ordenamiento interno, la acción penal no se encuentra vigente. Este criterio resulto reafirmado, el 10 de julio de 2012, por la Corte Suprema de Justicia en el precedente «Salgado José María s/ recurso de casación» (S. 609. XLVII)», indicó el fallo.
Comentar post