El Gobierno oficializó la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo; De esta forma el aguinaldo será abonado en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.
Así lo establece la ley 27.073, sancionada por el Congreso el 10 de diciembre pasado y promulgada con fecha 9 de enero de este año, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma modifica el artículo 122 del Régimen de Contrato de Trabajo (ley 20.744) y estable que «el sueldo anual complementario (SAC) será abonado en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año».
«El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50 por ciento de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año», puntualiza la norma.
También se estipula que «a fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre» y si esa «estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario».
Al respecto, se indica que «la diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre».
Comentar post