El ministro del Interior manifestó que «la Justicia Electoral tiene todos los elementos para incorporar los datos nuevos» al padrón de ciudadanos habilitados para votar en las elecciones primarias y presidenciales de este año. En tanto, la jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría instó a los ciudadanos de Capital que hayan realizado modificaciones en su domicilio o documento a consultar su «situación registral» en la Secretaría Electoral.
«La modernización del Código Electoral permite que el alta de novedades, como un cambio de domicilio, se haga más rápido. Hasta 2009 se hacían a mano, ahora con computadora», precisó Randazzo. En ese marco, Randazzo dejó en claro que «nadie va a quedar sin poder votar», y subrayó que «el padrón que vamos a tener para esta elección va a hacer el mejor que haya tenido el país en los últimos de democracia».
En declaraciones a radio Continental, recordó que «hasta 2009, todas las modificaciones que se hacían en el Registro Nacional de Identidad, que maneja el Renaper, se transmitían a la Justicia Electoral en forma manuscrita. Esto llevaba a que, porque ejemplo, si transfiriésemos 4 millones de ovedades, se puedan incorporar sólo el 50 por ciento porque se hacía de forma manuscrita».
«Con la modificación de la ley se ha introducido la modernización del Código Electoral Nacional. A partir de ahora el proceso de digitalización permite que los datos que se vayan incorporando a diario se transmitan en forma simultánea a la Justicia Electoral», destacó.
En tanto, la convocatoria de la jueza Servini de Cubría está dirigida a los ciudadanos con domicilio en Capital Federal que hayan realizado cambio de domicilio, cambio de documento cívico, o para quienes cumplan 18 años hasta el 23 de octubre de 2011. Los interesados deben concurrir a la Secretaría Electoral, ubicada en Tucumán 1320 en el horario de 7.30 a 13.30 horas.
La recomendación indica concurrir con el DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica, en tanto se advierte que si se tratara de la nueva versión del DNI sólo es válida la presentación del documento «cartilla», aquel donde se asienta la constancia de voto.
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