Dos jueces repusieron a Sabbatella en la Afsca y restablecen la Ley de Medios. Con distintos amparos, volvieron atrás la intevención de la Afsca ordenada por el ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad, y los decretos que modificaron partes sustanciones de la ley de servicios de Comunicacion Audiovisual. Se descuenta que el Ejecutivo Nacional apelará las decisiones.
Dos jueces federales de Ciudad de Buenos Aires y San Martín aceptaron, respectivamente, amparos presentados por una asociación de consumidores y una organización de comunicación popular, dejando interinamente sin efecto los decretos con los que el presidente Mauricio Macri intervino la Afsca, desplazó a su directorio, disolvió el organismo y eliminó los aspectos centrales de la Ley de Medios.
A partir de estos fallos, que se descuenta serán apelados por el Gobierno, el exdirector de la Afsca Martín Sabbatella evaluaba por estas horas presentarse nuevamente ayer martes en el edificio donde funcionaba la Afsca, en Suipacha 765, reclamando a los efectivos policiales apostados en el lugar que le permitan ingresar a retomar sus funciones.
Las medidas dispuestas por ambos magistrados significan la suspensión de todo lo actuado por el Ministerio de Comunicaciones, a cargo del radical Oscar Aguad, la intervención de Afsca y la creación del Ente Nacional de Comunicación (Enacom), informó oficialmente Nuevo Encuentro, la fuerza que lidera Sabbatella.
Los amparos, que incluyen una medida cautelar interina, fueron dispuestos por el juez federal 7 en lo Civil y Comercial de la Capital Federal, Iván Garbarino, en la causa iniciada por la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores (Adduc), y la jueza federal 2 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, Martina Forns, en la causa promovida por la Cooperativa de Trabajo para la Comunicación Social.
“De acuerdo con lo dispuesto por los jueces Garbarino y Forms, Afsca vuelve a integrarse con el directorio plural que preside Martín Sabbatella, todos los despedidos por la intervención vuelven a sus lugares de trabajo, quedan sin efecto todas las medidas tomadas por la ilegal intervención, se disuelve el Enacom y se retrotrae todo lo dispuesto por su titular Miguel de Godoy”, explicó el director nacional de Asuntos Jurídicos y Regulatorios de Afsca, Sergio Zurano.
Según señaló el abogado, “todas esas medidas (judiciales) también corren para la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Aftic) y su legítimo titular, Norberto Berner, y ambos organismos descentralizados salen de la órbita del recientemente creado Ministerio de Comunicaciones y vuelven a estar bajo Presidencia de la Nación”.
El asesor legal de Sabbatella afirmó que “al restablecer la vigencia de la Ley 26.522 se restituye toda la protección a la libertad y el pluralismo, que estaba amenazada por un Gobierno aliado al Grupo Clarín”.
En su cautelar, el juez Garbarino resolvió “suspender provisionalmente” los efectos que deriven del dictado del decreto 13/2015, que en su artículo 23 se refiere a las competencias del nuevo Ministerio de Comunicaciones, entre ellas “ejercer las funciones de autoridad de aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia”, así como “entender en la elaboración de normas de regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios del área”.
Garbarino también suspendió la aplicación de los decretos 236/2015, que dispone la intervención de la Afsca y de la Aftic, y 267/2015, que crea el Enacom, autárquico y descentralizado, en el ámbito del Ministerio de Comunicaciones, que tendrá las competencias y funciones que las leyes 26.522 (de Servicios de Comunicación Audiovisual) y 27.078 (Argentina Digital) asignaban a la Afsca y a la Aftic.
Por su parte, la jueza Forns también suspendió la aplicación de los tres decretos, así como “de toda otra norma que modifique o altere la Ley 26.522 (Servicios de Comunicación Audiovisual)”.
La magistrada, a su vez, le requirió al Gobierno que “dentro del plazo de tres días produzca el informe previsto por el artículo 4º de la Ley 26.854”, referida a las medidas cautelares en las causas en las que es parte o interviene el Estado nacional, así como “el informe circunstanciado establecido en el artículo 8 de la Ley 16.986”, sobre la acción de amparo.
Ambos fallos fueron dictados luego de que el jueves pasado el juez federal de La Plata, Alberto Recondo, rechazara otro amparo contra la intervención de la Afsca y dejara sin efecto una medida precautelar dictada por el juez platense Luis Arias, que ordenaba al Ejecutivo a abstenerse de tomar decisiones respecto al organismo y a la Ley de Medios. Arias, juez en lo Contencioso Administrativo número 1 de La Plata, había advertido que el Gobierno de Mauricio Macri cometió “varios delitos” al disolver la Afsca y modificar artículos centrales de la Ley de Medios por decreto, cuando aún estaba vigente su fallo para no innovar en el marco del conflicto.
Fuente: La Mañana
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