Las cordobesas siguen sin poder acceder al aborto no punible. Un amparo presentado por una asociación civil frenó el Protocolo de la Provincia. El caso se encuentra en el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba “a estudio” y prevén resolverlo en el curso del año.
Dos años pasaron ya del momento en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que “no resulta punible la interrupción del embarazo proveniente de toda clase de violación y que cualquier caso de aborto no punible no está supeditado a trámite judicial”.
En este marco, exhortó a las provincias a “implementar protocolos hospitalarios”, y fue hasta allí donde llegaron las expectativas de las cordobesas.
Es que la Provincia de Córdoba, a través del Ministerio de Salud elaboró un protocolo que, cuestionado por algunos sectores, resolvía en definitiva este aspecto y posibilitaba a la población en general el acceso a este derecho.
Sin embargo, la Asociación Civil Portal de Belén interpuso un amparo que suspendió desde el 2012 a la fecha el Protocolo provincial.
Lo cierto es que actualmente más de la mitad de las jurisdicciones del país aún no cuenta con protocolos hospitalarios que aseguren el ejercicio de un derecho que las mujeres tienen desde 1921.
La causa en Córdoba, caratulada “PORTAL DE BELEN ASOC. CIVIL c/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROV. DE CBA. – AMPARO – CUERPO DE APELACIÓN – REC. DE CASACIÓN e INCONSTITUCIONALIDAD” actualmente se encuentra en el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba “a estudio” y está previsto que “será resuelto durante el curso del año”, informaron fuentes tribunalicias.
En tanto, la Corte Suprema rechazó el pedido de organizaciones de la sociedad civil que habían solicitado al máximo cuerpo de Justicia que convoque a una audiencia pública para supervisar el cumplimiento de la sentencia sobre aborto no punible.
Esto truncó la expectativa que tenían las organizaciones de dar un nuevo impulso a la negativa de algunas provincias a diseñar un protocolo en este sentido.
En la resolución sobre la audiencia, el presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton, Carlos Fayt, Carmen Argibay y Juan Carlos Maqueda sostuvieron que la actuación de la Corte “quedó íntegramente agotada con el fallo” dictado hace un año.
En marzo de 2012, la Corte resolvió que las mujeres embarazadas a causa de violación pueden practicarse un aborto sin previa autorización judicial y, al igual que los médicos que las asistan, están exentas de pena. Para acceder a la práctica, basta que la mujer firme una declaración jurada.
Fuente: La Mañana
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