Este jueves, el Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep) publicó la norma por la cual, a partir de ahora, en la provincia las boletas de luz sólo podrán incluir ítems vinculados al consumo del servicio.
El Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep) resolvió obligar tanto a Epec como a las más de 200 cooperativas que distribuyen electricidad en el interior provincial liberar a las boletas de costos que no se vinculan al consumo de energía.
Se apunta a reducir las tasas que la inmensa mayoría de las localidades aplican sobre el servicio de energía, recargando entre el 10 y el 20 % el costo total de cada factura. Tanto Epec como las cooperativas actúan en estos casos como agentes de percepción o de retención de tasas municipales.
“Desde ahora, en la boleta sólo se tendrá que cobrar el consumo de luz” remarcó el titular del organismo, Alfredo Blanco.
El particular contexto ubicaba hasta ahora a una gran cantidad de ítems que, dependiendo la zona, se sumaban y multiplicaban el costo total a pagar. Blanco advirtió que “hay que ponerle un límite al miedo a que se corte el servicio de luz”, aduciendo que la falta de pago concluye con la quita del medidor.
Aquí el Comunicado:
Ersep ordena cambiar el modelo de facturación del servicio de Energía Eléctrica en la provincia de Córdoba
“El organismo provincial resolvió obligar a las distribuidoras del servicio eléctrico ha realizar importantes cambios es en las facturaciones que estas realizan a sus usuarios.
La medida ordena efectuar la facturación en forma independiente a cualquier otro concepto que resulte ajeno o no asociado a la prestación del servicio de energía eléctrica.
El modelo de factura qué dará las certezas señaladas, previo a su implementación, deberá ser presentado por las prestatarias ante el ErSeP para su aprobación dentro del término de 30 días de publicarse la resolución en el Boletín Oficial, pudiendo proponerse un sistema de troquelados. No se podrá incorporar a la factura ítem alguno que no haya sido autorizado previamente por el este regulador.
La segunda medida importante tomada por el Ente de Control tiene que ver con la función de las distribuidoras como agentes de percepción o retención de tasas municipales o comunales. En este sentido el ERSeP resolvió que las distribuidoras solo podrán percibir lo facturado por energía eléctrica consumida estricta y efectivamente para el uso público, como lo es el alumbrado y la semaforización.
Por último, se dispuso respecto al uso del espacio público para la prestación del servicio de energía eléctrica, que deberá respetarse su carácter gratuito a todas las prestatarias.
La presente resolución del ERSeP ha considerado reclamos por parte de los usuarios en relación a los distintos ítems e importes de dinero que deben abonar en las facturas de electricidad, buscando evitar situaciones confusas que distorsionan la determinación de las tarifas y su facturación, llevando claridad y simplicidad en las mismas”.
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