La Provincia reduce la base de imposición en 2016. Pero triplica la alícuota del sector…Entre los cambios fiscales que el Gobierno provincial planteó para 2016 figura una modificación clave en el cálculo del impuesto a los Ingresos Brutos que pagan las concesionarias al vender autos nuevos.
En rigor, es una adecuación al nuevo Código Civil y Comercial, que habilitó a esos comercios a tributar según su ganancia real y no con el parámetro del precio de venta final. De hecho, eso ya generó recursos judiciales en otras provincias, promovidos por miembros de la Asociación de Concesionarios de Automotores (Acara), para que se tome como referencia de tributación el monto que surge de la intermediación.
Por eso, el Ministerio de Finanzas planteó modificar el Código Tributario. “Es conveniente disponer, a partir de la anualidad 2016, una base imponible diferencial para la comercialización de unidades 0 km por parte de las concesionarias de automotores”, explicó en el mensaje a la Legislatura.
Añade que esa base se determinará desde el año próximo “por la diferencia del precio de venta y compra de la unidad”; es decir, el saldo que surge entre el pago que la concesionaria realiza a la fábrica y el precio de venta al cliente.
El único límite que prevé el fisco es que esa base, “en ningún caso, podrá ser inferior al 15 por ciento” del valor de compra del auto nuevo. Incluso, advierte que toda operación que se registre por debajo de ese umbral no será creíble. “En ningún caso la venta realizada con quebranto será computada para determinar el impuesto”.
Además, aclara que el precio de compra para considerar por las concesionarias no incluye los gastos de flete, seguros y otros conceptos que la fábrica adicione al valor de la unidad.
Hoy las concesionarias tributan, sobre el precio final de venta, una alícuota de Ingresos Brutos diferenciada, según el origen de fabricación del vehículo.
Si es un auto fabricado en países del Mercosur, el parámetro es 2,95 por ciento y sube a 3,5 por ciento si la facturación del comercio supera los 11.375.000 pesos anuales, sin contar la incidencia del Fofise (fondo para financiar la educación). En el caso de autos que no son del Mercosur, se cobra la alícuota general de cuatro por ciento o la agravada, de 4,75 por ciento, según el nivel de facturación (casi cinco por ciento el total con el Fofise).
Para 2016 en el proyecto de ley impositiva, la alícuota para la venta de autos o km, sea por mayor o menor, se eleva a 15 por ciento.
En otras palabras: el achique de la base imponible se compensa con el fuerte incremento de la alícuota, lo que, en esencia, apunta a que el fisco no resigne recaudación de ese sector.
Fuentes oficiales admitieron que, ante la imposición del nuevo Código Civil y Comercial, se apuntó a “reemplazar los ingresos por otras vías”.
Mariano Cid, titular de la delegación Córdoba de Acara, fue cauteloso y evitó opinar hasta evaluar el impacto real de la medida. Otros empresarios, en tanto, dejaron traslucir su inquietud por lo que consideran una alícuota excesiva. “Está fuera de toda escala”, opinó un ejecutivo que pidió reserva.
No se descarta que, tras analizar el nuevo panorama, Acara oficialice algún planteo al Gobierno provincial.
Fuente: La Voz
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