Desde “Córdoba Podemos” solicitaron la “inconstitucionalidad” del artículo 8 de la Ley Electoral Provincial que impide sufragar a menores de 18 años. “Si los adolescentes pueden elegir presidente, por qué se les impide sufragar en la de gobernador”, se preguntan.
Frente «Córdoba Podemos», que respalda la postulación a la gobernación de la fórmula Eduardo Accastello-Cacho Buenaventura, junto a los jóvenes que integran el espacio, presentó una Acción de Inconstitucionalidad ante la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba solicitando se declare la inconstitucionalidad de la Ley Electoral Provincial (Ley Provincial Nº 9571), que contrariamente a lo establecido por la Ley de Ciudadanía Argentina (Ley 346, modificada recientemente en el año 2012), no permite que los menores, mayores a los dieciséis años de edad, puedan ejercer su derecho al sufragio.
De la Sota
En el año 2012, José Manuel decía sobre el voto de adolescentes de 16 a 18 años: «A esa edad los chicos están estudiando o están desesperados porque necesitan un trabajo» y no están preocupados por ir a votar. No aclaró por qué una persona que trabaja no puede tener derecho a votar.
Oscar Aguad
Durante el tratamiento de la ley nacional en el Congreso opinaba lo siguiente: “Existen una serie de restricciones a la edad de la 16, porque es a lo que estamos sujetos debido a pactos internacionales”. Agregó: “Hay muchísimos chicos que no terminan el colegio, no entiendo cómo el Gobierno pretende que voten y muchos de los chicos que si terminan el colegio no saben lo que leen, por lo tanto habría que luchar porque se mejore la educación en vez de que los chicos tengan que votar”.
Schiaretti
En las Paso de 2013, Juan Schiaretti valoró que los jóvenes de entre 16 y 18 años puedan votar, y acotó que «es bueno que sea opcional, porque aquellos que tengan interés, deben tener ese derecho». Nunca presentó un proyecto para modificar la ley provincial.
El artículo 8º de la norma provincial establece que “son electores provinciales los ciudadanos argentinos con domicilio en la Provincia de Córdoba, mayores de dieciocho (18) años de edad hasta el día del comicio y que reúnan los requisitos exigidos por la presente Ley”, sancionada el 4 de diciembre de 2008, luego que Juan Schiaretti asumiera la gobernación denunciado por “fraude” por el excandidato Luis Juez.
La Ley Nacional 26.774 sancionada en 2012, en su artículo 1° modifica “el artículo 7° de la ley 346, que quedará redactado de la siguiente manera: artículo 7°: Los argentinos que hubiesen cumplido la edad de dieciséis (16) años, gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la República”. De posterior sanción, la Provincia ya con José Manuel de la Sota como gobernador nunca actualizó la legislación provincial con la nacional.
Entre las razones que fundamentan la presentación se detalla, en que “sólo la Nación puede regular lo atinente a la Ciudadanía (según lo establecido por el art. 126 de la Constitución Nacional), motivo por el cual el legislador cordobés no puede apartarse de la regulación que el Gobierno Federal efectúa”. En efecto, la Ley de Ciudadanía mencionada establece claramente que «los ciudadanos argentinos mayores a 16 años gozan de todos los derechos políticos» sin realizar ningún tipo de distinción de sexo, ni lugar de residencia.
Asimismo, el escrito del Frente «Córdoba Podemos» plantea también que esto es coherente con los principios existentes en materia electoral en la Constitución Provincial y la Ley Electoral Provincial que protegen el derecho de los cordobeses a participar en la vida política reconociendo el valor que el sufragio tiene como “base de la democracia” y como “único modo de la expresión de la voluntad, y que establece como un principio central el hecho de que, en caso de duda, debamos estar por la validez del voto”.
“La acción se fundamenta también en lo ilógico y lo contrario al sentido común que es el hecho de que un joven cordobés pueda lo más (elegir a su presidente y sus diputados y senadores) y no lo menos (elegir a su gobernador y sus legisladores provinciales), como así también el hecho profundamente discriminatorio que un joven porteño o mendocino pueda elegir a su gobernador y no pueda hacerlo un cordobés”.
Cabe destacar, finalmente, que además de la inconstitucionalidad de la referida norma dicha acción persigue la incorporación inmediata al padrón provincial de todos los jóvenes cordobeses mayores 16 años y con residencia en la Provincia, a los fines de que puedan participar en los comicios a realizarse en el 5 de julio.
Fuente: La Mañana
Comentar post