La documentación enviada por Dr Mauricio Arriagada a nuestra redacción de SSQH Digital, a la incorporación de los 53 Gendarmes de la Escuela de «Suboficiales Raúl Remberto Cuello» de Jesus María
EXCEPCIÓN A LA NUEVA LEY DE MEDIAS CAUTELARES:. DEFENSA DE DERECHOS LABORALES DE PERSONAL DE LA GENDARMERÍA NACIONAL, COMO FUERZA DE SEGURIDAD.- REINCORPORACIÓN DE GENDARMES DADOS DE BAJA Y CON RETIRO OBLIGATORIO, SANCIONADOS POR LA PROTESTA SALARIAL DE OCTUBRE/2012 (DEC 1307/2012).
Nuestro estudio Jurídico “NIEVA ALLUE-MAGAQUIAN-ARRIAGADA” integrado por el Dres. Gerardo Nieva Allue, Ana Magaquian y Mauricio Arriagada, cuenta con atención central en Córdoba y también sedes en Neuquén, Salta, La Rioja y en con diligencias especiales en la Ciudad de Buenos Aires.
De esta forma, por tener presencia en estas provincias pudimos lograr llevar adelante la defensa de los Gendarmes de distintos puntos del país, sancionados con suspensiones, retiros y bajas de la fuerza, por haber participado de una protesta salarial (oct/12). Como abogados es de nuestro interés brindar detalles de la decisión judicial, pues involucra a gendarmes de distintas provincias,que se encontraban en capacitación en la Escuela de Suboficiales “RAÚLREMBERTO CUELLO”, de Jesús María Córdoba:
· La Justicia Federal en una decisión sin antecedentes, ordena la reincorporación efectiva de 45 integrantes de Gendarmería Nacional, a quienes se los había sancionado con la baja, o el retiro obligatorio de acuerdo a su antigüedad, por haber participado de la protesta salarial de Octubre de 2012. Lo que reivindica los derechos laborales defendidos.
· La disposición emana del Juzgado Federal N° 2 a cargo del Juez Sánchez Freytes, quien firmo el oficio con la resolución que dispone una medida cautelar, como excepción a la nueva ley de medidas cautelares.
· El Juez compartió nuestro argumento, pues el acto administrativo por el que se disponía la“baja” o pasaba a “retiro obligatorio” era de nulidad absoluta por no cumplir con los requisitos fundamentales y por ello seexpidió la medida cautelar para ser reincorporados a sus funciones en servicio efectivo y abonárseles el sueldo. Así se dejo sin efecto de esta forma la medida expulsiva.
· Esto es muy importante, ya que es una excepción a la nueva ley de medidas cautelares en el marco de las leyes impulsadas por el gobierno llamadas de democratización de la justicia. Se pidió que se considere una cuestión “alimentaria” y de derechos humanos como es el trabajo y el salario perdido para todas estas familias.
· Los reincorporados son efectivos que se encontraban en funciones en la Escuela de Suboficiales Cabo Raúl Remberto Cuello de la Ciudad de Jesús MariaPcia de Córdoba y las sanciones fueron derivadas de supuestos actos de indisciplina que se cometieron en octubre del año pasado ante el decreto 1307 dictado por el poder ejecutivo.
· La medida cautelar es muy clara, y dice que se debe dejar sin efecto el apartamiento y reintegrarlos al servicio efectivo, además devolver el salario que les corresponde. Es importante destacar que sienta un precedente por la defensa de derechos laborales y una excepción a la nueva ley de medidas cautelares, en tanto las fuerzas de Seguridad, tienen prohibido la actividad gremial.
· La Dirección Nacional de Gendarmería confundió la permanencia en la fuerza y calificaciones ordinarias con la cuestión disciplinaria, pues la disciplina del gendarme se basa exclusivamente en el Código de Justicia Militar y peses a ello en ningún artículo prevé ante hechos de similitud como los de octubre pueden llevar a la baja de la fuerza.
Fechas claves del conflicto salarial
· 3/10/2012 Se inicia el reclamo salarial. Gendarmes en todo el país salen en presencia física y por comunicados internos y públicos con la consigna “El sueldo no se toca”. Adhirieron así desde todos los destinos del país, a las protestas de Buenos Aires en el edificio Centinela –central de Gendarmería- y en la sede de Prefectura.
· 27/03/2013 Previo al receso de Semana Santa, Gendarmería dispone un pase masivo a disponibilidad, es decir suspensión de funciones con merma salarial, hasta que se le asignen funciones, todo como sanción por la protesta de octubre. Entre los que se encontraban Gendarmes que se estaban capacitando en la Ciudad de Jesús María. Perjudicando con los días feriados la posibilidad de poder acceder a los expedientes o pedir explicación de las causas que motivaban la misma.
· 25/04/2013 El Director de Gendarmería dispone dar de baja a 46 gendarmes –aspirantes a suboficiales- y a 6 Suboficiales.
· 2/05/2013 Los Gendarmes y Suboficiales dados de baja presentaron amparo colectivo y una medida cautelar ante la Justicia Federal, con nuestra representación como abogados. Entienden que su separación de la fuerza está viciada de nulidad por lo que piden su reincorporación preventiva.
· 09/05/2013 Los abogados Gerardo Nieva Allue y Mauricio Arriagada presentan una denuncia penal, por encontrar el uso de documentación que sería falsa, pues la Gendarmería incorporó Actas de la Junta de Calificación donde hacen hablar a una persona ausente, lo que sería documentación nula como prueba.
· 10/05/2013 El Juez Federal hizo lugar al trámite del Amparo colectivo de gendarmes sancionados y fija plazo de 5 días para que Gendarmería y el Ministerio de Seguridad de la Nación informen sobre lo sucedido, bajo apercibimiento. Gendarmería pide ampliación del plazo.
· 14/05/2013 El Juez requiere a la Gendarmería las calificaciones anuales del personal cuestionado, bajo apercibimiento de ordenarla reincorporación efectiva y fija nuevamente un plazo de 5 días hábiles.
· 14/06/2013 Se dicta la resolución que dispone la orden de dejar sin efecto la baja y retiro obligatorio de los sancionados, debiéndoles servicio efectivo y pagárseles los sueldos de personal en actividad; por la arbitrariedad, la falta de prueba y los buenos antecedentes de los efectivos, todo lo que muestra incoherente la “baja y el retiro” decidido por la gendarmería. Les brinda cinco días para hacer efectiva la reincorporación. El plazo vence el día 25/06/2013.-
Atte. Estudio:
NIEVA ALLUE – MAGAQUIAN–ARRIAGADA
Fecha 1º consulta:
Apellido/s
Nombre/s
Nacionalidad
D.N.I./L.C./L.E.
Estado Civil
Cod. Estadístico
Jerarquía – Grado
Edad y, fecha de nacim.
Dirección
Ciudad/Localidad
Provincia
Teléfono Partic.
Teléfono Laboral
Teléfono (Otro).- mail
Para completar por el Profesional: nombre:
Pretensión. Reclamo SALARIAL, por aplicación de DECRETOS 1307/12 y 246/13
Requisitos. 1. FOTOCOPIA CERTIFICADA DE TABULADOS/RECIBOS de SUELDO desde el mes de AGOSTO/2012 a la fecha.-
2. FOTOCOPIA DEL DNI.-
3. Otorgar PODER para gestiones administrativas y judiciales, según modelo propuesto.-
4. Firma de contrato de Servicios Profesionales.-
OPINIÓN PROFESIONAL
Honorarios
Convenidos:
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