El máximo tribunal dispuso detener la ejecución de una medida cautelar dictada por la Justicia Nacional en lo Civil, y autorizó la práctica que había sido suspendida en el Hospital Ramos Mejía de Buenos Aires.
Así lo estableció el máximo tribunal a través de dicha resolución, que lleva las firmas de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.
La Corte Suprema de Justicia resolvió suspender «la ejecución de una cautelar dictada por una jueza civil e hizo saber a las autoridades de la Ciudad que deberán proceder a la realización de la práctica prescindiendo de la resolución judicial que suspendió su realización»
La medida «es la demostración más concluyente del modo en que ha de realizarse por los poderes judiciales de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la exhortación dada por el Tribunal para que se abstengan de judicializar el acceso a los abortos no punibles», expresa el documento.
Ante una demanda de la Asociación Pro-Vida, la jueza Miriam de Estrada había suspendido el aborto que estaba programado el martes pasado en el hospital público capitalino Ramos Mejía a una mujer de 32 años que fue violada y víctima de una red de trata de personas.
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