Diez causas resonantes por resolver por el TSJ. Monsanto, protocolo de abortos punibles en hospitales provinciales y la expropiación del Palacio Ferreyra son algunos de los casos.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) deberá resolver más de una causa resonante durante el transcurso de 2014. La disputa por los agroquímicos de Ituzaingó o la expropiación del Palacio Ferreyra son sólo algunos de los ejemplos.
Algunas de las causas son muy conocidas por la gran difusión periodística que tuvieron, como la que versa sobre la aplicación del protocolo provincial para la práctica de abortos no punibles, o el caso Corradini.
En sus manos tiene causas, algunas más conocidas que otras, cuya resoluciones impactarán en la vida de muchas personas.
Es que el TSJ tiene la tarea de unificar criterios de tribunales inferiores que sobre un mismo tema fallan de manera disímil. Por ejemplo, existirían al menos 100 causas pendientes de resolución en el máximo tribunal sobre la nueva Ley de Riesgos del Trabajo.
Las causas son variadas y tienen que ver sobre temas tan disímiles como el ambiente, la familia, el derecho penal, el derecho previsional y hasta la responsabilidad civil de magistrado. Vale la aclaración: a diferencia de los tribunales de menor jerarquía, los miembros del TSJ no tienen plazos obligatorios en los que deben resolver las causas, por lo que podrían hacerlo este año o cuando los miembros lo decidan. Esta facultad no es una prerrogativa cordobesa: lo mismo sucede en otras provincias e, incluso, en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Así, según diferentes especialistas consultados, una vez que el trámite de los recursos extraordinarios (como la Casación) está completo, el TSJ puede demorarse años en resolver. Cuando se trata de una causa “con preso”, los tiempos se acortan. En el resto de los casos, las sentencias demoran, en promedio, alrededor de tres años.
El TSJ está integrado en la actualidad por Carlos Francisco García Alloco, presidente del máximo tribunal, y los vocales Domingo Sesin, Aída Tarditti, Luis Enrique Rubio, Armando Segundo Andruet y Mercedes Blanc de Arabel.
Como a fines del año pasado se retiró María Esther Cafure de Battistelli, en su cargo entraría María Marta Cáceres de Bollati, quien se desempeña desde hace dos años como Fiscal General de la provincia, sin designación de la Legislatura.
El martes pasado el gobernador José Manuel de la Sota propuso a Cáceres Bolatti en la Legislatura para que sea designada como integrante del TSJ. Se descarta que el pliego se apruebe, ya que el oficialismo tiene mayoría en la Unicameral cordobesa.
Todos los casos
La responsabilidad de un fiscal penal. El TSJ deberá resolver si un fiscal y la Provincia deben resarcir a una pareja por denegarles ser querellantes en una causa. Si bien el máximo tribunal no detalló el nombre del funcionario, sí informó que la causa está “a fallo”. En esta causa, los actores demandan por daños y perjuicios a un fiscal de la provincia y al Estado provincial porque, dicen, el fiscal obró culposamente en el ejercicio de su función al impedirles constituirse en querellantes particulares en una causa penal iniciada por la muerte de su hijo, y como consecuencia de ello, no pudieron demostrar la comisión del delito.
La novela sin fin del Palacio Ferreyra. En 2005 la Provincia expropió el inmueble a sus dueños para transformarlo en un museo. Pero lo hizo a un precio mucho más bajo de lo que los antiguos propietarios y los jueces consideraron justo. La Provincia primero pagó 9,5 millones de pesos. Los propietarios le hicieron juicio y, en primera instancia, lograron que la suma ascendiera a 41 millones (con intereses, la suma fue de 56 millones). La Provincia apeló y logró que la Cámara Civil y Comercial de 4ª Nominación redujera la indemnización a 16 millones, por lo que, con intereses, el monto ascendía a 30 millones de pesos. “La importancia económica de la cuestión discutida pone en evidencia la magnitud de los intereses en juego, cuya dilucidación definitiva se halla en la actualidad a resolución del Alto Cuerpo, a través de su Sala Civil y Comercial”, informaron desde el TSJ.
El caso Corradini. En un fallo que causó conmoción, la Cámara 9ª del Crimen junto con un jurado popular absolvieron por el beneficio de la duda a todos los acusados por el homicidio del Héctor Corradini. Tanto la fiscalía de la causa como la querella presentaron un recurso de casación. La Fiscalía había pedido prisión perpetua para la viuda de Corradini, Mercedes Segalá, el recluso Víctor “Mandrake” Quinteros, el excomisario Reynaldo Aguilar y 12 años para el policía Mario Onainty. Sólo Quinteros, preso por otros hechos, fue condenado a 7 años de cárcel por la privación ilegítima de la libertad de Corradini en los momentos previos al homicidio, ocurrido entre el 16 y el 17 de noviembre de 1998 en barrio Los Naranjos de la capital cordobesa.
Los accidentes laborales. En 2012, el Congreso sancionó una nueva Ley de Riesgos del Trabajo en la que, entre otras cuestiones, aumentó los montos indemnizatorios en caso de accidentes laborales. El problema se generó con los accidentes sucedidos con anterioridad de la ley que no han sido indemnizados. ¿Les corresponden los montos más bajos de la antigua normativa o los más onerosos de la nueva ley? “Históricamente han tenido estos problemas las leyes cuando son más beneficiosas las reparaciones dinerarias”, comentó Gabriel Tosto, camarista laboral. Y agregó que a la Cámara del Trabajo llegan muchas causas por la ley y que “hay dos posiciones claras: quienes no aplican la ley nueva a los casos anteriores, y los que sí aplican, con matices”. En el TSJ se encuentran radicados para la unificación de criterios unos 100 expedientes.
Jubilados en la lucha. Con una Caja de Jubilaciones que cuesta equilibrar, en agosto de 2012 José Manuel de la Sota hizo aprobar a la Legislatura una ley que difiere 180 días los aumentos a los jubilados estatales. Los gremios estatales de Córdoba presentaron una acción declarativa de inconstitucionalidad ante el TSJ para que no se aplique la ley 10.078. Además, diversos causas de particulares fueron resueltas con diferentes criterios por tribunales inferiores: algunos declararon la inconstitucionalidad del diferimiento mientras que otros se expidieron a favor del mismo. La acción de los gremios “se encuentra actualmente a estudio a los fines de resolver la admisibilidad o no de la acción”.
Contaminación en barrio Ituzaingó Anexo, una decisión histórica. La Cámara 1ª del Crimen de la ciudad de Córdoba emitió un fallo histórico en Argentina y en el mundo. En agosto de 2012, condenó a tres años de prisión condicional al productor Francisco Parra y al piloto aeroaplicador Edgardo Pancello por contaminación ambiental a partir de fumigaciones ilegales en barrio Ituzaingó Anexo. Los abogados de los dos condenados interpusieron sendos recursos de casación. Por la importancia del precedente jurídico que suponen las condenas, se estima que la causa llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, más allá de lo que decida el TSJ.
Monsanto y el estudio ambiental. El 8 de enero pasado, la Sala 2ª de la Cámara del Trabajo resolvió a favor del amparo presentado por Club del Derecho en septiembre de 2012, por el cual se pidió la paralización de la obra de la empresa Monsanto en Malvinas Argentinas. Así, la Cámara ordenó al municipio que se abstenga de autorizar a Monsanto Argentina toda implementación, obra, ejecución o acción hasta tanto se cumplimente con la realización del correspondiente Estudio de Impacto Ambiental y la celebración de una audiencia pública, dice el fallo. En realidad, el TSJ aún no tiene nada que decidir, pero se estima que pronto lo hará: si bien la empresa aún no presentó el recurso de casación para que el máximo tribunal revea la medida, adelantaron a este diario que lo harán en los próximos días. En tanto, Daniel Arzani, intendente de Malvinas Argentinas, manifestó que el municipio está estudiando el asunto y que todavía no resolvieron si casarán o no la sentencia.
Minería a cielo abierto. En septiembre de 2008, Córdoba se transformó en una provincia con importantes limitaciones a la actividad minera, cuando la Legislatura provincial aprobó la ley 9.526 presentada por el entonces gobernador Juan Schiaretti. La norma prohíbe la actividad minera metalífera “en la modalidad a cielo abierto” en todas sus etapas así como la actividad minera nuclear de uranio y el torio. Y estableció la misma limitación a diferentes sustancias, como cianuro, bromuro de sodio, entre otras. Ante esta situación, la Cámara de Empresarios Mineros de Córdoba (Cemincor) y la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica (Apcnea) presentaron en 2009 una acción de inconstitucionalidad ante el TSJ.
Aborto no punible: los hospitales esperan reglas claras. En los hospitales provinciales está paralizada la aplicación del protocolo de actuación para supuestos abortos no punibles. La Provincia de Córdoba dictó la guía para seguir los lineamientos del fallo de la Corte Suprema de Justicia, de marzo de 2012, cuando esta resolvió que cualquier mujer puede interrumpir un embarazo que provenga de una violación sin que necesite una autorización judicial previa. Para ello, el máximo tribunal instó a las autoridades a que implementen un protocolo de actuación en los hospitales. Sin embargo, a partir de un amparo de Portal de Belén, el protocolo está paralizado por decisión de la Cámara Tercera de Apelaciones en lo Civil de Córdoba. Así, la Cámara se apartó del criterio de la Corte Suprema y consideró que deben prevalecer los derechos del niño por nacer. La decisión fue recurrida por la Provincia, por lo que el Tribunal Superior de Justicia dará la decisión final. La causa “se encuentra actualmente a estudio y se lo resolvería durante el curso del año”, informaron desde el TSJ.
Encontró algo extraño en su gaseosa y le dieron millones de pesos. Un día, un cordobés compró una Pepsi. Y se encontró, en el interior de la misma, un cuerpo extraño: un sobre cerrado de gel íntimo. Reclamó como resarcimiento daño material, daño moral y –lo que aún es una novedad en el derecho argentino– “daño punitivo”. Este último es una especie de multa civil a las empresas que se introdujo en la Ley de Defensa del Consumidor en 2008. Los jueces argentinos ya habían comenzado a reconocer al daño punitivo en las sentencias. Pero la gran novedad del caso cordobés fue el monto: la empresa fue condenada a pagar dos millones de pesos. “Lo relevante del caso es que el actor reclamó en concepto de multa civil o daño punitivo una suma millonaria” y “la discusión sobre cuáles son los presupuestos que deben reunirse para que opere este tipo de sanciones”, informaron desde el TSJ. Así, el máximo tribunal deberá decidir si basta el mero incumplimiento por parte de la empresa proveedora del bien para consumo o, por el contrario, si sólo procede ante una conducta deliberada del proveedor a la que se le pueda imputar culpa grave o dolo y la producción de un daño.
Fuente: La Voz
Comentar post