Un año agitado para la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Aquí, una selección de las resoluciones del Máximo Órgano Judicial del país que sentaron jurisprudencia y causaron polémica.
Con los fallecimientos de Carmen Argibay, el 10 de mayo, y de Enrique Petracchi, el 12 de octubre, más la renuncia de Raúl Zaffaroni el 31 del mismo mes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) concluyó un año agitado.
Si bien no hubo grandes fallos políticos, como en 2013 con la ley de medios, por ejemplo, el máximo órgano judicial del país resolvió causas trascendentes, como las condenas de Cromañón o la de Carlos Carrascosa, se pronunció sobre el derecho de acceso al agua potable y el derecho a la jubilación de jueces destituidos.
En marzo, la Corte suscribió el fallo “Monner Sans, Ricardo c/ EN – Secretaria General Presidencia y otros s/ amparo ley 16.986”, en el que se rechazó una presentación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal contra la ley que disminuyo de 20 a 13 la cantidad de miembros del consejo de la Magistratura de la Nación. Los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carlos Fayt, Santiago Petracchi, Carmen Argibay, Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda recurrieron a la doctrina de la “cuestión política no judiciable”, para resaltar que “el acierto o el error, el mérito o la conveniencia de las soluciones legislativas no son puntos sobre los que el Poder Judicial deba pronunciarse”.
En “Mansilla, Carlos Eugenio c/ Fortbenton Co. Laboratories S.A. y otros s/ despido”, la Corte dejó sin efecto un fallo de la Cámara del Trabajo que declaró de oficio la inconstitucionalidad del tope establecido en el segundo párrafo del art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.
El tribunal Laboral había decretado la inconstitucionalidad del tope sin que el trabajador lo hubiera pedido, por ello los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Elena Highton, Raúl Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay entendieron que los razonamientos del fallo recurrido “ignoraron que la plataforma fáctica del debate reclamaba considerar que el actor, al demandar, propuso la aplicación de un tope determinado”.
En las quiebras, el empleado antes que la AFIP
En “Pinturas y Revestimientos Aplicados SA s/ quiebra”, la Corte, por aplicación del criterio de operatividad de los Convenios de la OIT, le otorgó mayor preeminencia al Convenio 173 de la Organización Internacional del Trabajo por sobre las disposiciones de la Ley de Concursos y Quiebras, y rechazó que la AFIP tenga el mismo carácter de acreedor que un trabajador que le ganó a la empresa un juicio por accidente.
Los ministros Carlos Fayt, Eugenio Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda y Santiago Petracchi, y las disidencias de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton y Carmen Argibay, sostuvieron que “de conformidad con el convenio internacional, el crédito del trabajador debe estar resguardado por un privilegio que lo coloque en un plano superior al de los demás créditos privilegiados, en especial, a los del Estado y a los de la Seguridad Social”.
No a la regla de la prisión preventiva
En autos “Loyo Fraire, Gabriel Eduardo si p.s.a. estafa reiterada”, la Corte puso en jaque el criterio seguido por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, de rechazar los pedidos de cese de prisión preventiva hasta que las condenas no se encuentren firmes.
En esa oportunidad, los magistrados Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, (Carmen Argibay y Enrique Petracchi votaron en disidencia), destacaron que “el encarcelamiento no deja de ser cautelar, y entonces la decisión debe contener la motivación suficiente que permita evaluar si se ajusta a los requisitos impuestos por la Corte Interamericana sobre Derechos Humanos, entre ellos, el de la necesidad, en el sentido de que sean absolutamente indispensables para conseguir el fin deseado y que no exista una medida menos gravosa respecto al derecho intervenido entre todas aquellas que cuentan con la misma idoneidad para alcanzar el objetivo propuesto”.
El colapso del fuero de Seguridad Social
En “Pedraza, Héctor Hugo c/ ANSES s/ Acción de Amparo” la Corte Suprema decidió que las cámaras federales provinciales deben ser los tribunales de alzada respecto de los fallos previsionales dictados por juzgados federales con asiento en las provincias.
Buitres, sólo con Griesa
En “Claren Corporation c/ E.N 517/518 CPCC exequátur s/ varios”, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay declararon improcedente la ejecución del fallo del juez federal de Nueva York, Thomas Griesa, al afirmar que “admitir la pretensión del accionante implicaría convalidar que éste, a través de una acción individual promovida ante un tribunal extranjero, eluda el proceso de reestructuración de la deuda pública dispuesto por el Estado Argentino mediante las normas de emergencia dictadas por las autoridades competentes de acuerdo con lo establecido por la Constitución Nacional.
La reincidencia, pendiente de un fallo
La Corte tuvo diversos planteos de inconstitucionalidad de la reincidencia; este año falló en “A.M.S. s/ causa 11835” sobre su constitucionalidad, pero sin emitir fundamentos. Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda se remitieron al dictamen del procurador fiscal, Eduardo Casal, para distinguir que “el régimen de agravación por reincidencia no importaría una forma de castigo por el carácter o por lo que la persona es, ni respondería a un juicio sobre el proyecto de vida que ella ha elegido realizar. Antes bien, la agravación reflejaría una evaluación de la responsabilidad personal del autor por la comisión del nuevo delito”.
Cromañón y Carracosa, el doble conforme para que las condenas dejen de ser firmes
Con similares argumentos, la Corte Suprema, sin anularlas, dejó sin efecto las sentencias condenatorias a los acusados por la tragedia de Cromañón, y a Carlos Carrascosa, condenado por la Casación bonaerense por el homicidio agravado de su esposa, María Marta García Belsunce.
Hijos de exiliados, también indemnizados
En “De Maio, Ana de las Mercedes y De Maio, Eleonora Lucía c/ Mº J Y DDHH”, la Corte manifestó que los hijos de exiliados nacidos en el extranjero, durante el exilio de sus padres, tienen derecho a obtener una indemnización al amparo de la ley 24013. Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni adoptaron esa determinación al razonar que “Habiéndose aceptado ampliamente el derecho de quienes se vieron en la necesidad de exiliarse para poder preservar su vida e integridad, carecería de justificativo válido desconocer idéntico derecho a los hijos de esos exiliados, que estuvieron impedidos de nacer en la patria de sus padres por razones completamente ajenas a ellos”.
Google y los buscadores, el fallo del año
En un fallo muy resonante, en octubre se cerró la cuestión acerca de la responsabilidad civil de los motores de búsqueda de Internet respecto de los enlaces a páginas web que afecten derechos de las personas. Los ministros Elena Higthon de Nolasco, Carlos Fayt, Raúl Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda concluyeron que “no corresponde juzgar la eventual responsabilidad de los ‘motores de búsqueda’ de acuerdo a las normas que establecen una responsabilidad objetiva, desinteresada de la idea de culpa. Corresponde hacerlo, en cambio, a la luz de la responsabilidad subjetiva”.
Los jueces equipararon a los buscadores con una “biblioteca virtual” y reconocieron que “se ha dicho, gráficamente, que responsabilizar a los “buscadores” -como principio- por contenidos que no han creado, equivaldría a sancionar a la biblioteca que, a través de sus ficheros y catálogos, ha permitido la localización de un libro de contenido dañino, so pretexto que habría ‘facilitado’ el daño.
Fuente: Comercio y Justicia
Comentar post