Juicio a comisario por arrestos arbitrarios. Se trata del oficial acusado de ordenar detenciones para elevar las estadísticas, existieran o no contravenciones. El fiscal solicitó la elevación de la causa por abuso de autoridad y coacción. Piden que se le impute privación ilegítima de la libertad
El fiscal Pablo Molina solicitó ayer la elevación a juicio por el caso del comisario Pablo Márquez, acusado de ordenar detenciones arbitrarias para mejorar las estadísticas del destacamento que presidía.
Márquez está imputado por abuso de autoridad reiterada en seis hechos y un hecho de coacción agravada contra una subordinada.
La denunciante, N.Z., de 32 años con grado oficial subinspector fue quien acusó en noviembre de 2012 a Márquez por obligarla a ella y a los otros subordinados a perpetrar detenciones ilegales.
Es decir, por ordenarles la aprehensión de ciudadanos con o sin motivos, existieran o no contravenciones o delitos, con el objetivo de “hacer número” y mostrar una ficticia eficacia policial”, según se lee en su declaración. Entonces, Márquez era titular de División del Comando de Acción Preventiva (CAP).
Unos días después, se conoció que ya había dos denuncias anteriores de otros subordinados contra el comisario. La investigación siguió su curso y tanto los denunciantes como los testigos de la causa confirmaron los dichos de N. y aseguraron que incluso los jefes de Márquez estaban al tanto de la situación.
Según los denunciantes, los testimonios recogidos en la causa y el escrito del fiscal, cuando los agentes no llevaban detenidos, eran obligados a trabajar horas de más. Y aquellos que detenían a más personas eran reconocidos como “empleados del mes” con una foto pegada en la Comisaría
El entonces jefe de Policía –y hoy ministro de Seguridad–, Alejo Paredes, negó terminantemente que existieran órdenes desde la Jefatura para que el personal de calle haga detenciones arbitrarias.“Quiero desmentir que estemos dando
la orden a los comisarios de que lleven detenidas a personas inocentes”, aseveró en noviembre de 2011.
En tanto, en marzo de 2012 se conoció que tras las denuncias, bajaron de 400 a 150 los detenidos al mes en la división que comandaba Márquez.
Delitos. La coacción está reprimida en el artículo 149 bis del Código Penal con penas de dos a cuatro años de prisión. La comete quien “hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad”.
A su vez, el abuso de autoridad, penado con prisión de un mes a dos años, lo comete el funcionario público “que dictare resoluciones u órdenes contrarias a la constituciones o leyes nacionales o provinciales”, según el artículo 248.
El abogado de los policías, Carlos Nayi, informó ayer que además de ser quienes denunciaron a Márquez, los efectivos se constituyeron en querellantes de la causa. Y que solicitará que se lo acuse a Márquez por otro delito más grave: privación ilegítima de libertad.
La privación ilegítima de libertad (artículo 144 bis del Código Penal) reprime con prisión de uno a cinco años al “funcionario público que, con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, privase a alguno de su libertado personal”.
Es más, la pena se agravaría a dos años de mínima y seis de máxima por tratarse de un agente que pertenece a una fuerza de seguridad del Estado.
El caso Márquez se da en el marco de las quejas de organizaciones sociales y políticas sobre el uso abusivo que la Policía hace del Código de Faltas. En especial, se critica que son especialmente de jóvenes de sectores vulnerables los más afectados ya que muchas aprehensiones se fundarían en el origen social, económico y geográfico de los detenidos.
Palabras del fiscal. “Debe ser reprochada la conducta del funcionario que haciendo uso de sus atributos y encontrándose en una posición ventajosa, se excede en su obrar, quedando este en una zona que podemos denominar prohibida cual es el arbitrio”, se lee en el pedido de elevación a juicio.
Comisión legislativa
En la Legislatura una comisión específica estudia cambios en el Código de Faltas. Una de las críticas es la inconstitucionalidad de la figura del merodeo. Pero el propio ministro de Seguridad, Alejo Paredes, se presentó en la comisión para defenderlo.
Fuente: La Voz
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