Además, continúa vigente el decreto 2696/2011 que prohíbe en todo el territorio provincial la fabricación y la comercialización de globos aerostáticos, así como su utilización, suelta y/o liberación al ambiente… Con las fiestas de fin de año se multiplica el uso de la pirotecnia, una actividad que si no se realiza con cuidado supone riesgos de diverso tipo. Pero además de estas precauciones de índole personal, existen normas que regulan la venta y el uso.
En el ámbito provincial, el Código de Convivencia Ciudadana ((ley 10.326), sancionado por la Legislatura, contempló una serie de disposiciones referidas al uso y la comercialización de la pirotecnia.
Dicha ley, prohíbe la venta y el suministro de pirotecnia a menores de 16 años. La sanción por infringir esta disposición abarca desde multas a trabajos comunitarios hasta el arresto, y, en el caso de comercios, clausuras de hasta 120 días.
También se sancionará con multa y clausura de hasta 120 días a quienes fabriquen artículos pirotécnicos sin la autorización correspondiente de la autoridad competente. Además, la norma prevé multas y arresto de hasta 10 días para quienes comercialicen o utilicen artículos pirotécnicos con riesgo de explosión en masa.
Asimismo, se prohibió el uso de pirotecnia en espectáculos públicos, a menos que estén expresamente autorizada por la autoridad competente (Dirección de Bomberos de la Provincia).
Globos aerostáticos, prohibidos. Continúa vigente el decreto 2696/2011 que prohíbe en todo el territorio provincial la fabricación y la comercialización de globos aerostáticos, así como su utilización, suelta y/o liberación al ambiente.
Fuente: La Mañana
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