Las domésticas aún no pueden tener ART, sí obra social- El abogado Ricardo Giletta explicó que es hasta que la Superintendencia de Seguros no reglamente la disposición que establece la legislación sobre el trabajo en casas de familia.
A pesar de los enormes avances que se dio en materia legislativa al trabajo de las empleadas domésticas, aún quedan cuestiones por resolver por las trabas que pone el propio Estado.
Esas cuestiones no son menores y se trata de beneficios tanto para las trabajadoras como para sus patrones, en el caso de las ART.
Sí se logró poner práctica otro beneficio como es la cobertura médica a través de las obras sociales.
El abogado especialista en esta temática, Ricardo Giletta, explicó estos dos puntos, vitales para la relación trabajadora-empleador.
«Por ley las trabajadoras de casas de familia están incorporadas a las ART desde 1996, pero la Superintendencia de Seguros de la Nación, nunca reglamentó esa disposición», dijo Giletta.
«Cuando sale la modificación legislativa se establece que están incluidas las trabajadoras de casa de familia, hasta tanto salga la reglamentación», agregó.
Giletta explicó que a pesar de la falta de ART, «no hay litigiosidad» por accidentes laborales o reclamo de una cobertura de estas características, que es imposible en la práctica al no existir regulación legal para hacerlo.
Respecto a las obras sociales, Giletta explicó que están obligadas a recibir a las trabajadoras de este sector.
«Porque por eso aportan 100 pesos al mes las trabajadoras y ese dinero lo recibe la obra social que eligió la patronal al momento de hacer el alta en AFIP», dijo.
«Cuando le da de alta a través de la AFIP una de las opciones que debe llenar es la de obra social y se abre una ventana con todas las obras sociales autorizadas en el país», apuntó.
«La obra social está obligada a recibirla», dijo el abogado.
Sin embargo señaló que cuando las obras sociales no las reciben, las trabajadoras no litigan para que sí sean incorporadas.
Fuente: Cadena 3
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